Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Tracksuit Sl

El 16-10-2014, Tracksuit Sl, en MATARO (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B60372315. La actividad (principal) de Tracksuit Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Tracksuit Sl
Localidad:
MATARO
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B60372315
Número de insolvencia:
B60372315
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
RD :
BARCELO 43
08302 MATARO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
19-05-2021
A210031845
 
  • Conclusión del concurso
 

José Antonio Alonso Almaraz, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Barcelona,

Hago saber:

Que en el Concurso abreviado 747/2014 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Tracksuit, S.L., con NIF B60372315, con domicilio en Ronda Barceló 43, Mataró.

Dicha resolución es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481.1 LC).

Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, teniendo por cesado en sus funciones a su integrante.

Se decreta la extinción de la sociedad Tracksuit, S.L. procediéndose al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro Mercantil.

Barcelona, 29 de abril de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, José Antonio Alonso Almaraz.

08-06-2015
A150025463
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

D/ña. José Vela Pérez, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 747/2014 sobre proceso concursal de TRACKSUIT, S.L. con CIF n.º B60372315, y domicilio en Ronda Barceló, n.º 43 de Mataró (Barcelona), por auto de fecha 27 de abril de 2014, se ha declarado la finalización de la fase común del presente procedimiento concursal, abriéndose la fase de convenio.

Se convoca Junta de Acreedores, que se celebrará el día 3 de julio de 2015, a las 10:30 horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado, sita en la Ciutat de la Justicia, Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 12. La administración concursal deberá convocar a todos los acreedores que figuren en la lista definitiva con una antelación no inferior a quince días.

Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del art. 115.3 de la Ley Concursal.

Barcelona, 27 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.

22-11-2014
A140056743
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Secretario judicial D. José Vela Pérez del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 747/2014 se ha declarado, mediante auto de fecha siete de octubre de dos mil catorce, el concurso voluntario de TRACKSUIT, S.L., con NIF B60372315 y domicilio en Rda. Barceló, 43, Mataró, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. David Andrés Valencia por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en C/ Balmes, 156, 3.º 2.ª, 08008 Barcelona (Barcelona), teléfono 933688346, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal md@mdjuridico.es en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 16 de octubre de 2014.- El Secretario judicial.

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