Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Nepturno Cala Dor Sl.

El 23-06-2014, Nepturno Cala Dor Sl., en SANTANYI (Baleares) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. Como síndico se ha designado INSOL CONSUMER SLP. El número de insolvencia de esta empresa es B57789844. La actividad (principal) de Nepturno Cala Dor Sl. es servicios de comidas y bebidas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Nepturno Cala Dor Sl.
Localidad:
SANTANYI
Provincia:
Baleares
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B57789844
Número de insolvencia:
B57789844
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
D'ES RAFALET 8
07650 SANTANYI
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-09-2020
A200043397
 
  • Conclusión del concurso
 

D. Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil,

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado 379/2014, y NIG 0740 47 1 2014 0000609 se ha dictado, a instancia de la Administración concursal, en fecha de 4 de septiembre de 2020, auto de conclusión del concurso de la entidad Neptuno Cala D´Or, S.L., con CIF B57789844, acordándose en el mismo la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

Palma, 23 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, D. Juan Enrique Tévar Fernández.

26-07-2014
A140039649
 

Don José Luis Garrido de Frutos, Secretario Del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca, hago saber:

Que en fecha 22 de julio de 2014 se publicó edicto dando publicidad a la declaración del concurso voluntario ordinario de la entidad Nepturno Cala D'Or, S.L. con CIF B-57789844, haciendo constar que la dirección de correo electrónico para presentación de comunicación de créditos era acreedores@insolvia.com, cuando la correcta dirección de correos es acreedores@insolvalia.com.

Palma de Mallorca, 23 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

22-07-2014
A140038890
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

D. JOSÉ LUIS GARRIDO DE FRUTOS, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1º.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 379/2014D y NIG 07040 47 1 2014 0000609, se ha dictado en fecha 23/06/14 auto de declaración de concurso del deudor Nepturno Cala D'Or, S.L., con CIF B-57789844, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Rafalet, 8 Santanyí, Baleares.

2º.- Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3º.- Se ha nombrado administrador de dicho concurso a la mercantil INSOL CONSUMER, S.L.P., con CIF B-86360724, en cuyo nombre el abogado Emilio González Bilbao ha aceptado el cargo con fecha 18 de julio de 2014.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal c/ Gerrería, 26, 1.ºC, 07002 de Palma, o dirección de correo electrónico acreedores@insolvia.com, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 18 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

Síndico / administrador
Síndico:
INSOL CONSUMER SLP
Dirección física:
- ()
Dirección postal:
-
Teléfono:
-
Número de fax:
-
E-mail:
-
Sitio web:
-
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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