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Concurso de acreedores terminado Construcciones Banuelos 3 S.C.

El 25-03-2014, Construcciones Banuelos 3 S.C., en TREVIÑO (Burgos) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LOGROÑO. El número de insolvencia de esta empresa es J26279208. La actividad (principal) de Construcciones Banuelos 3 S.C. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construcciones Banuelos 3 S.C.
Localidad:
TREVIÑO
Provincia:
Burgos
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
J26279208
Número de insolvencia:
J26279208
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ALTA 5
26220 OLLAURI
Mostrar en tarjeta
-
LG :
TREVIÑO 0
09215 TREVIÑO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-12-2014
A140060444
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número 6 y Mercantil de Logroño (La Rioja), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal,

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 1078/13, instada por el Procurador de los Tribunales Sra. Gemma Mues Magaña, en nombre y representación de Construciones Bañuelos Tres, SC, con domicilio social en Ollauri, calle Alta, n.º 5, de La Rioja, y CIF G-26279208, Óscar Bañuelos Gómez, con domicilio en la calle Camino José Cela, 2, 1.º B, de Haro (La Eioja), y DNI 16563418-Z, y Francisco Javier Bañuelos Gómez, con domicilio en la calle del Monte, n.º 12, de Ollauri (La Rioja), y DNI 72774002-R, por auto de fecha 27 de noviembre de dos mil catorce, se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre Construciones Bañuelos Tres, SC, Francisco Javier Bañuelos Gómez y Óscar Bañuelos Gómez.

Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.

2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración concursal de la concursada.

3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.

4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Construciones Bañuelos Tres, SC, cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE y Registro Público Concursal.

Logroño, 27 de noviembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

09-05-2014
A140022485
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial de Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración de concurso voluntario y abreviado 1078/2013 y NIG n.º 26089 42 1 2013 0007086, se ha dictado en fecha 25 de marzo de 2014 Auto de declaración de concurso voluntario y abreviado de los deudores Construcciones Bañuelos y Tres, S.C. con domicilio social en Ollauri, C/ Alta, n.º 5, de La Rioja, y CIF G-26279208, Oscar Bañuelos Gómez con domicilio en C/ Camilo José Cela, n.º 2, 1.º B, de Haro (La Rioja), y DNI 16563418Z, y Francisco Javier Bañuelos Gómez con domicilio en la C/ del Monte, n.º 12 de Ollauri (La Rioja), y DNI 72774002R.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administrador concursal el Abogado nombrado como Administrador concursal, don Francisco Javier Lasa Cabrera, con DNI número 16526323H, mayor de edad, estado civil casado, con domicilio profesional en calle Gran Vía, n.º 14, piso 15, letra C, de Logroño, y como correo electrónico a efectos de comunicación de créditos concursalbanuelosgomez@gmail.com, habiendo aceptado el cargo en fecha dieciséis de abril de dos mil catorce.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Logroño, 23 de abril de 2014.- La Secretaria judicial.

Informes
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