E D I C T O
D. José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra hace saber:
Que en este Juzgado y con el n.º 164/2010-C- se siguen autos de declaración de Concurso Voluntario Abreviado de Alfaya Suministros, Sociedad Limitada, representado por el Procurador Don Antonio Fernández García, en los que, con fecha 4 de julio de 2018, ha recaído Auto, ya firme, de conclusión del concurso, por finalización de la liquidación; resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Alfaya Suministros, Sociedad Limitada, CIF A-36.100.618, con domicilio en Porriño Pontevedra, en la Avenida de Buenos Aires, número 18, bajo.
Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Folio 221, del Tomo 2.002, Hoja PO-8.531, con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal y el cese de los Administradores concursales.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad limitada Alfaya Suministros y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
6.-Unase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
MODO DE IMPUGNACIÓN Contra la presente resolución no cabe recurso alguno artículo 177 de la Ley Concursal.
Así lo manda y firma Su Señoría. Doy fe.
Pontevedra, 4 de julio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.