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Concurso de acreedores Embaibor Sl

El 26-12-2013, Embaibor Sl, en MORALEJA DE ENMEDIO (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B82989880. La actividad (principal) de Embaibor Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Embaibor Sl
Localidad:
MORALEJA DE ENMEDIO
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B82989880
Número de insolvencia:
B82989880
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
COBRE 9
28950 MORALEJA DE ENMEDIO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
18-01-2014
A130071750
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 520/13 se ha dictado auto por el Juez don Jesús Alemany Eguidazu de fecha 26 de diciembre de 2013 declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Embaidor, S.L., con CIF B-82989880, con N.I.G. 28079100070202013.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC.

- La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal don Juan Francisco Torres Carbajal, en calle General Díez Porlier, 18, Bajo B, 28001 Madrid, con correo electrónico embaibor@ofiex.com

- No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.

4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 27 de diciembre de 2013.- Secretario Judicial.

Informes
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