Edicto.
Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración concurso 0000228/2013 y nig número 3603847 1 2013/0000258 se ha dictado en fecha 26 de septiembre de 2013 auto declaración de concurso Voluntario del deudor Hormigones Tudenses, S.L., con cif B-36817732, cuyo centro de intereses principales lo tiene en barrio de Gándara, n.º 14B, parroquia de Guillarei, municipio de Tui, Pontevedra.
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal al economista Antonio Blanco Guerrero con nif 36030427-F, con domicilio profesional en Teixugueiras, 32, Portal 4, Entlo.Oficina 1 36212-Vigo, y con correo electrònico a efecto de notificaciones: ablancoguerre ro@gmail.com.
3º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Pontevedra, 1 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.
En el Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Pontevedra se tramita Procedimiento Concursal número 228/2013 de la sociedad "HORMIGONES TUDENSES, S.L." con C.I.F. B-36.817.732 en el cual se ha dictado con fecha veintiséis de septiembre de dos mil trece por la Magistrada-Juez Señora Doña Rosa Lama Marra AUTO mediante el cual se acordó: DECLARAR EN CONCURSO a la entidad "HORMIGONES TUDENSES, S.L." con C.I.F. B-36.817.732, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual, considerando el concurso con el carácter de VOLUNTARIO, indicando que el deudor no ha solicitado la liquidación de su patrimonio, ni ha presentado propuesta de convenio, determinando que las FACULTADES de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan INTERVENIDAS por la administración concursal mediante su autorización o conformidad, y nombrando como ADMINISTRADOR CONCURSAL al economista DON ANTONIO BLANCO GUERRERO.