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Concurso de acreedores Promociones Miragenil Sl (En Liquidacion)

El 16-09-2013, Promociones Miragenil Sl (En Liquidacion), en PUENTE GENIL (Córdoba) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CÓRDOBA. El número de insolvencia de esta empresa es B14246896. La actividad (principal) de Promociones Miragenil Sl (En Liquidacion) es construcción de edificios.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Promociones Miragenil Sl (En Liquidacion)
Localidad:
PUENTE GENIL
Provincia:
Córdoba
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B14246896
Número de insolvencia:
B14246896
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
LA RAMBLA, SN 0
14500 PUENTE GENIL
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-07-2014
A140039651
 
  • Plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba,

Anuncia:

Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 435/2013 con NIG: 1402142M20130000470, referente al concursado Promociones Miragenil, S.L., con CIF n.º: B-14246896 y domicilio en carretera de La Rambla, s/n, de Puente Genil, de Córdoba, por resolución de fecha 30 de junio de 2014, se ha acordado lo siguiente:

Se aprueba el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal, al que deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa; ajustándose en lo no previsto a las reglas de los artículos 149 a 151 de la Ley Concursal.

Se acuerda asimismo formar la sección sexta de calificación, del concurso, lo que se anuncia por edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Córdoba, 17 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

29-03-2014
A140013718
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia

Que en el procedimiento número 435/2013, con NIG 1402142M20130000470, referente al deudor Promociones Miragenil, S.L., con código de identificación fiscal número B14246896 y domicilio en carretera de La Rambla, sin número, de Puente Genil de Córdoba, por decreto de fecha 13 de febrero de 2014 se ha acordado lo siguiente:

1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Promociones Miragenil, S.L.

2. Abrir la fase de liquidación del presente concurso del deudor, formándose la Sección Quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3. Mantener, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4. Declarar la disolución si no estuviese acordada y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

5. Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

6. Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación librándose los oportunos mandamientos.

7. Requerir a la Administración Concursal para que en el plazo de diez días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

8. El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

Córdoba, 13 de febrero de 2014.- La Secretaria judicial.

04-12-2013
A130066310
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba anuncia

1.- Que en el procedimiento concursal número 435/2013, referente al deudor Promociones Miragenil, S.L., con código de identificación fiscal B14246896 y domicilio en carretera La Rambla, sin número Puente Genil, Córdoba, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Córdoba, 15 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

09-10-2013
A130054928
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.- Que en el procedimiento número 435/2013, con NIG 1402142M20130000470, por auto de 16 de septiembre de 2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Promociones Miragenil, S.L., con domicilio en carretera La Rambla, sin número, Puente Genil, Córdoba, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba.

2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en al artículo 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Administración Concursal Colón 20, S.L.P., que designa representante en la administración concursal al profesional del área jurídica José Pleguezuelo Melguizo con domicilio postal en plaza Colón, número 20, 1-4, código postal 14001 de Córdoba, y dirección electrónica acpromocionesmiragenil@gmail.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Córdoba, 16 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
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