Doña María José Alonso González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, por el presente,
Hago saber:
Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 155/2013 se ha dictado en el día de la fecha Auto de Conclusión de Concurso Voluntario 155/2013 del deudor cuyo domicilio es en calle Arquímedes 1691, Polígono de Roces, 33211, Gijón.
Declarar la conclusión del concurso Voluntario Ordinario 155/2013, en el que figuraba como concursada Eolo Sport Industrias, S.A., al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos de la concursada, ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores concursales y acreedores contra la masa.
Gijón, 16 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María José Alonso González.
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, anuncia:
Que en el sección I declaración concurso 155/2013, referente al concursado Eolo Sport Industrias, S.A. por auto de fecha de hoy, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso.
2. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la condición social del deudor, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Gijón, 1 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal sección I declaración concurso 0000155/2013, referente al concursado Eolo Sport Industrias, S.A. se ha convocado junta de acreedores que se celebrará el día 27 de marzo de 2014, a las 10:00 horas, en Sala 12, Sala de Audiencias de este Juzgado.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Gijón, 20 de enero de 2014.- El/La Secretario/a Judicial.
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario del Juzgado de Mercantil número tres con sede en Gijón, por el presente anuncio:
Que en el concurso 200/13 seguido en este órgano judicial a instancia de Eolo Innova, S.L., por auto de 19-11-13, se ha acordado lo siguiente:
Declarar la conclusión del concurso voluntario, en el que figuraba como concursada Eolo Innova, S.L., al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado, ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores concursales y parte de los acreedores contra la masa.
Gijón, 19 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Gijón, anuncia:
1.- Que en la Sección II Declaración Concurso 155/13, referente al deudor Eolo Sport Industrias, S.A., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Gijón, 11 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, anuncia:
1. Que en la sección II declaración concurso 200/13, referente al deudor Eolo Innova, S.A. se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días hábiles, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Gijón, 30 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000155/ 2013 y NIG n.º 33024 47 1 2013 0000027, se ha dictado en fecha 5 de junio de 2013, auto de declaración de concurso voluntario del deudor Eolo Sport Industrias, S.A. con CIF A33636085, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Gijón, calle Arquímedes, n.º 1691. Polígono Industrial Roces 5.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades como administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.
Se ha designado, como administración concursal a doña Ana María Mansilla Lozano. Domicilio: Plaza de la Gesta, 5, 4.º A, 33007 Oviedo. Teléfono: 985275184. Fax: 985275216. Correo electrónico: concurso.eolo@gmail.com. Horario de atención al público: de 10 a 14 horas de lunes a viernes, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Gijón, 5 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.