Edicto
D. Jose Luis Gutiérrez Martin, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado do Mercantil numero 1 de Pontevedra, por el presente,
Hago saber:
1.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 71/2013-D y NIG nº 36038 47 1 2013 0000119 se ha dictado en fecha 7 de abril de 2021, Auto de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva dice:
"1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Construcciones Pereiro y Campos, S.L., C.I.F. B-36.107.951, con domicilio social en calle Santa Eulalia, 5-BJ DR, de Silleda, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra en la hoja PO-10.454, al folio 52 del Tomo y Libro 760 de Sociedades, inscripción 1ª, con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal y el cese de los Administradores concursales.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad Construcciones Pereiro y Campos, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Pontevedra, 7 de abril de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.
EDICTO
D. José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial de Xdo. Do Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración de Concurso 71/2013-D y NIG n.º 36038 47 1 2013 0000119 se ha dictado en fecha 11.04.13 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Construcciones Pereiro y Campos, SL, con C.I.F. B-36.107.951, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Santa Eulalia 5-BJ derecha, Silleda (Pontevedra).
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que necesitarán la autorización o conformidad de la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a María Teresa Bouzón Neira, con domicilio postal en Avenida Benito Vigo 119, 2.º-A, A Estrada (Pontevedra) y dirección electrónica señalada bouzon@bouzon-molano.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica de Registro Público Concursal.
Pontevedra, 17 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.