Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Hotels Management Concept Iberia Sa

El 01-01-0001, Hotels Management Concept Iberia Sa, en MUTXAMEL (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es A54024401. La actividad (principal) de Hotels Management Concept Iberia Sa es servicios de alojamiento.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Hotels Management Concept Iberia Sa
Localidad:
MUTXAMEL
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A54024401
Número de insolvencia:
A54024401
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DEL VESPRE (UR BONALBA GOLF) 10
03110 MUTXAMEL
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-02-2020
A200006950
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Dª. CRISTINA CIFO GONZÁLEZ, Letrada A. Justicia del JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE ALICANTE, A N U N C I O:

Que en los autos de concurso 290/2013, seguidos en este Órgano Judicial a instancia de Hotels Management Concept Iberia, S.A., con CIF A-54024401 y domicilio en Urbanización Bolnalba Golf, Hotel Alba C/ Vespre, s/n, Muchamiel (Alicante), se ha dictado en fecha 6 de febrero de 2020 que declara concluso el concurso por haber cumplido integramente el convenio aprobado por Sentencia de este Juzgado de fecha 17/02/2014, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso Ordinario seguido a instancia de la mercantil Hotels Management Concept Iberia, S.A., con CIF A-54024401 y con domicilio en la Urbanización Bonalba Golf, Hotel Alba, C/ Vespre, s/n, Muchamiel (Alicante), seguido en este Órgano Judicial con el nº 290/2013 y el archivo de las actuaciones por ser firme el auto que declara el cumplimiento del convenio en su día aprobado.

2.- Acordar así mismo el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Publicar el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del estado y en el Registro Público concursal en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal.

Así mismo, en atención a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al:

Registro Mercantil de Alicante, para la cancelación de las inscripciones realizadas en el presente concurso correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de los administradores judiciales.

MODO DE IMPUGNACIÓN: no cabe recurso alguno

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

Alicante, 6 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administracion de Justicia, Cristina Cifo González.

01-03-2014
A140008408
 
  • Aprobación del convenio
  • Apertura de la sección seis
 

D.ª Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 290/13, referente al deudor Hotels Management Concept Iberia, S.A., con CIF A-54024401, y domicilio en Urbanización Bolnalba Golf, Hotel Alba, c/ Vespre, s/n, Muchamiel (Alicante), se ha dictado el 17/2/2014 sentencia, aprobando judicialmente el convenio propuesto por el deudor, cuya parte dispositiva es la siguiente:

FALLO.

1. Se aprueba el Convenio de fecha 15/10/2013 con todos los efectos legales desde esta resolución en los términos del fundamento jurídico segundo.

2. Los Administradores concursales rendirán cuentas de su actuación ante el Juez del concurso dentro del plazo de 15 días.

3. Fórmese la sección sexta que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso, de la Propuesta de Convenio y de la Evaluación de la Propuesta de Convenio por el AC (artículo 167.1 LC ). Hágase constar en el edicto que dentro de los Diez Días siguientes a la última publicación de esta resolución acordando la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable y pretensiones ejercitadas.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil en el que figure inscrita la declaración de concurso para la inscripción de la sentencia y del cese de la admón concursal ( art 23 y 38)

Líbrese mandamiento al Registro de la Propiedad y de Bienes Muebles en los que figuren bienes en los que se haya practicado inscripción de la declaración de concurso para su cancelación y cese de la admón concursal.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en esta sección.

Publiquese por edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado y en defecto de Registro Público Concursal, en el Boletín Oficial del Estado.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de Apelación en el plazo de 20 días ante este mismo Juzgado de conformidad con lo previsto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Alicante

Para la apelación será necesario previo depósito de la suma de 50 Euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC y disposición adicional decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009, de 3 de noviembre).

Así por esta mí sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicidad.- A la anterior sentencia se le dio la publicidad permitida por las leyes. Doy fe.

Alicante, 19 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

30-10-2013
A130058296
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

D.ª Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente Hago saber: que en el proceso concursal número 290/13-C, seguido contra la mercantil Hotels Management Concept Iberia, S.A, con CIF A-54024401, y domicilio en Urbanización Bonalba Gofl, Hotel Alba, C/ Vespre, s/n, Muchamiel (Alicante), se dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al decreto de rectificación de convocatoria de junta de acreedores, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva

Se rectifica el decreto de señalamiento de Junta de Acreedores de fecha 30/09/13, en el sentido de que donde se dice:

"Se convoca Junta de Acreedores del concurso Hotels Management Concept Iberia, S.A, que se celebrará el próximo 22 de noviembre de 2013, a las 12.30 horas en la Sala de audiencias de este Juzgado"

debe decir:

"Se convoca Junta de Acreedores del concurso Hotels Management Concept Iberia, S.A, que se celebrará el próximo 24 de enero de 2014, a las 11.30 horas en la Sala de audiencias de este Juzgado"

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita

Modo de Impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el Secretario que lo dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. La Secretario judicial.

Alicante, 16 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

12-10-2013
A130055282
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
  • Apertura de la sección quinta
 

Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante,

Por el presente Hago saber: Que en el proceso concursal número 290/13-C, seguido contra la mercantil Hotels Management Concept Iberia, S.A., con CIF A-54024401, y domicilio en Urbanización Bonalba Gofl, Hotel Alba, C/ Vespre, s/n, Muchamiel (Alicante), se dictó, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de: 1.º dar publicidad al auto de fecha 30/09/13 por el que se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la fase de convenio, y 2.º dar publicidad al decreto de la misma fecha de convocatoria de junta de acreedores, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del auto

1.º Se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la Apertura de la fase de Convenio del concurso Hotels Management Concept Iberia, S.L., con CIF A-54024401 y domicilio en Urbanización Bonalba Gofl, Hotel Alba, C/ Vespre, s/n, Muchamiel (Alicante).

2.º Procédase a formar la Sección Quinta del concurso

3.º Procédase a convocar junta de acreedores

Notifíquese al concursado, admon. concursal y a las partes personadas e inscríbase en el Registro Mercantil, librándose al efecto el correspondiente mandamiento

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal

Contra esta resolución cabe recurso cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a interponer ante Juzgado en el plazo de veinte días y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4

Déjese diligencia de constancia de esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta por partes que no estén personadas en el proceso concursal general a tales efectos

Para la apelación será necesario previo depósito de la suma de 50 Euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Parte Dispositiva del Decreto

1) Se Convoca Junta de Acreedores del concurso Hotels Management Concept Iberia, S.A., que se celebrará el próximo 22 de noviembre de 2013, a las 12:30 horas en la Sala de audiencias de este Juzgado

2) Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del art 103 hasta el cierre del lista de asistentes. En caso de verificarse la adhesión mediante comparecencia ante el Secretario de ese Juzgado deberá verificarse en miércoles de la semana, debiéndose aportar, en su caso, poderes en los cuales se acredite la facultad especial de poder adherirse al convenio, o en su caso, votar en contra.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Alicante, 1 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

12-07-2013
A130039528
 

Advertida errata en la inserción del edicto del Juzgado de lo Mercantil número 1 de San Sebastián, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 165, de fecha 11 de julio de 2013, página 35611, se indica a continuación la oportuna rectificación:

Donde dice: "...referente al concursado Hotels Management Concept Iberia, S.A.,...", debe decir: "...referente al concursado Construcciones Canas Esteban S.L.. .."

11-07-2013
A130039438
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado Mercantil número 1 de Alicante, anuncia:

1.- De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentacion del informe por el Administrador Concursal, proveido por resolución de fecha 26 de junio de 2013, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el n.º: 290/13 y de la concursada Hotels Management Concept Iberia, S.A., con domicilio en Urbanización Bonalba Golf, Hotel del Alba, calle Vespre sin número, Muchamiel (Alicante), inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, tomo 2987, hoja A-95319, folio 148, inscripción 1.ª. y con CIF A-54024401.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Haciendoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda ( art 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto

Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Alicante, 26 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

08-05-2013
A130023337
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

D.ª Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero.- Que por Auto de fecha 23 de abril de 2103 en el procedimiento con número de autos 290/13-C y N.IG.03014-66-2-2013-0000670 se ha declarado en concurso Voluntario Ordinario al deudor Hotels Managment Concept Iberia S.A con CIF A-54024401 y con domicilio en Urbanización Bonalba Golf, Hotel Alba, calle Vespre sin número, Muchamiel (Alicante).

Segundo.-Que el deudor Conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal.

Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal D/Dª Pablo Artiaga Elordi en calidad de Abogado con domicilio postal en C/ Castaños, nº 16-1º, Alicante, teléfono 965132707, fax 965920450 y dirección de correo electrónico partiaga-elordi@icali.es para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un Mes a contar desde la publicación del presenta en el "Boletín Oficial del Estado".

Alicante, 26 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos