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Concurso de acreedores terminado Nova Armarios S.L.

El 28-02-2013, Nova Armarios S.L., en VALDEMORO (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B80606783. La actividad (principal) de Nova Armarios S.L. es fabricación de muebles.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Nova Armarios S.L.
Localidad:
VALDEMORO
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B80606783
Número de insolvencia:
B80606783
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DE LAS CANTERAS 59
28343 VALDEMORO
Mostrar en tarjeta
-
CR :
HUMANES A MORALEJA KM 12
28970 HUMANES DE MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
31-12-2019
A190073724
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña Yolanda Peña Jiménez, Letrada Administración Justicia, del Juzgado Mercantil número 10 de Madrid,

Anuncia

Que en el concurso número 702/2012, del deudor Nova Armarios, S.L., con CIF número B84597434, se ha dictado con fecha de 19 de diciembre de 2019 auto de conclusión de concurso del artículo 176 bis 2 y 3 de la LC.

Madrid, 19 de diciembre de 2019.- Letrada Administración Justicia, Yolanda Peña Jiménez.

23-10-2013
A130056140
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial Juzgado Mercantil 10 Madrid, anuncia:

1.- Que en el concurso voluntario abreviado número 702/2012, del deudor Nova Armarios, S.L., se ha dictado con fecha de 1 de octubre de 2013 auto de aprobación del Plan de Liquidación presentado por la Administración concursal, de conformidad con lo previsto en el artículo 148.2 de la Ley Concursal.

2.- Se ha formado la Sección Sexta de Calificación del concurso para que dentro de los diez días siguientes a la publicación del presente edicto en el BOE cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, pueda personarse en dicha Sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Madrid, 7 de octubre de 2013.- Secretario Judicial.

26-06-2013
A130034810
 
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 10 Madrid,

Anuncia: Que en el concurso voluntario abreviado número 702/2012, del concursado Nova Armarios, S.L., se ha dictado decreto de fecha de 5 de junio de 2013, de apertura de la fase de liquidación, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 191.6, párrafo primero, de la Ley Concursal.

Madrid, 5 de junio de 2013.- Secretario judicial.

13-03-2013
A130010901
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Madrid, hace saber:

1.- Que en el concurso número de autos 702/2012, con número de identificación general del procedimiento 0008244/2012, por auto de 28 de febrero de 2013, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Nova Armarios, S.L., con CIF B-845997434, domiciliado en la Avenida de las Canteras, número 59, Polígono Industrial Valmor, en Valdemoro (Madrid).

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, intervenidas por la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración Concursal es la del Economista, don Juan Ronda Santana, con domicilio postal en Calle Costa Rica, 11, bajo V3, teléfono 913501714, y la dirección de correo electrónico acreedores@juanrondayasociados.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

Madrid, 28 de febrero de 2013.- Secretario judicial.

Informes
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