EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 29/2013 en el que figura como concursado/a ANAIAK, S.A., CIF A48135925, se ha dictado el 16/10/15 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao, 16 de octubre de 2015.- El letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 29/2013 referente al concursado Anaiak, S.A. con CIF número A48135925, por auto de fecha 03/09/2013, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus Administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
Bilbao, 3 de septiembre de 2013.- La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia).
Anuncia
1.-Que en el procedimiento concursal número 29/2013 referente al deudor Anaiak, S.A., con NIF A48135925, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por las personas interesada en la Oficina Judicial, quienes podrán obtener copias a su costa.
2.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se anunciará en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
4.-El deudor no propuesta de convenio.
Bilbao, 30 de mayo de 2013.- La Secretario Judicial.
Edicto.
Doña Begoña Vesga Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia),
Por la presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 29/2013 y NIG 48.04.2-13/000971, se ha dictado en fecha 23-1-2013, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor "Anaiak, S.A.", con A48135925, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la circunscripción de esta jurisdicción.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a Abogado don Pedro Cacicedo Egües, con domiciliio postal en Bilbao, Ald Urkijo, 22, entr. izda., y direccion electrónica cacic000yahoo.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Bilbao, 23 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.