Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 1078/2012, referente al deudor Pinbak, S.L. y Láser Babakiola, S.L., se ha dictado el 27/11/2013 sentencia, aprobando judicialmente el convenio propuesto por el deudor.
El convenio está de manifiesto en la Oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento.
Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia, que debe interponerse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días, computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial.
La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Bilbao (Bizkaia), 2 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 1078/2012, por auto de 03/01/2013 de ha declarado en concurso voluntario al deudor Laser Bakiola, S.L., y Pinbak, S.L., con NIF B48975270 y B48574610, con domicilio en Orduña y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Orduña-Bizkaia.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que la administración concursal está integrada por Despacho concursal Resolve Abogados y Economistas, S.L.P., y en su representación D. Luis Ignacio del Olmo Aranaga, Domicilio Profesional:Barroeta Aldamar 6 3º izda.-48001 Bilbao. Dirección electrónica:pinbak@despachoconcursal.com
4º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC
El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
6.º Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal:www.publicidadconcursal.es.
Bilbao (Bizkaia), 11 de enero de 2013.- El/La Secretario Judicial.