Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Valdeconsejo Industrial S.L.

El 26-09-2012, Valdeconsejo Industrial S.L., en ZARAGOZA (Zaragoza) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ZARAGOZA. El número de insolvencia de esta empresa es B50863356. La actividad (principal) de Valdeconsejo Industrial S.L. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Valdeconsejo Industrial S.L.
Localidad:
ZARAGOZA
Provincia:
Zaragoza
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B50863356
Número de insolvencia:
B50863356
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
UR :
LAS ABDULAS 0
50012 ZARAGOZA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
05-03-2020
A200012192
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

Doña Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 386/2012- F se ha dictado el día 2 de marzo de 2020 Auto de conclusión por liquidación del concurso del deudor VALDECONSEJO INDUSTRIAL, S.L., con CIF B50863356.

Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

Tercero.- En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado, en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno.

Zaragoza, 2 de marzo de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Victoria Buil Torralba.

26-11-2013
A130064252
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña M.ª Jesús López Marín, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza,

Anuncia: Que en la Sección I, Declaración Concurso Voluntario 0000386/2012-R, referente al concursado Valdeconsejo Industrial, S.L., con CIF B-50863356, por auto de fecha 8-11-13, se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Valdeconsejo Industrial, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Zaragoza, 11 de noviembre de 2013.- El/la Secretario/a judicial.

05-03-2013
A130009181
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Milagros Alcón Omedes, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, anuncia:

1.- Que en la Sección I Declaración Concurso 0000386/2012-R, referente al deudor Valdeconsejo Industrial, S.L., con CIF B-50863356, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).

Zaragoza, 13 de febrero de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

05-11-2012
A120072608
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

D./Dª Milagros Alcón Omedes, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Zaragoza, por el presente, Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000386/2012 y NIG nº 50297 47 1 2012 0000209 se ha dictado en fecha 26 -09 -12 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Valdeconsejo Industrial S.L. con C.I.F. B-50863356, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Zaragoza, Urbanización Las Abdulas, Chalet nº 40.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, don Gregorio Juan Coronado Nasarre, auditor de cuentas, con despacho profesional en Zaragoza, Paseo Sagasta nº 74, principal, Teléfono 976 371716 y dirección electrónica gregorio@arasociados.com la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá, directamente a la administración concursal al domicilio o correo electrónico antes expresados, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (Artículo 184.3 LC).

Zaragoza, 9 de octubre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

Informes
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