El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, anuncia:
Que en el procedimiento concursa! número 637/2012, en el que figura como concursado WAT DIRECCIONES, S.A. se ha dictado el 19/10/2018 auto declarando judicialmente cumplido el convenio que había sido aprobado por sentencia de 27/05/2013.
Bilbao, 19 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administracion de Justicia, Jaime Mourenza Arriola.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 637/2012, en el que figura como concursado Wat Direcciones, S.A., se ha dictado el 27/05/2013 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Wat Direcciones, S.A., y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 26 de abril de 2013.
2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión a los mismos en la LC.
El convenio está de manifiesto en la Oficina del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia que debe interponerse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días computándose desde la última publicación e este edicto, que a de publicarse en BOE.
La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Bilbao, 27 de mayo de 2013.- El Secretario judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número dos de Bilbao (Bizkaia), anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 637/12 referente al concursado WAT DIRECCIONES, S.A. se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 26/4/2013 a las 11:00 horas en la Sala de Vistas n.º 23 del Palacio de Justicia de Bilbao.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta de Acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Bilbao, 26 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.-Que en el procedimiento número 637/2012, por auto de 18 de Julio de 2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Wat Direcciones, S.A., con NIF A48080683, con domicilio en Carretera Ermua a Marquina, Pol. Ind. Goitondo-Mallabia y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Mallabia.
2.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
La identidad de la administración concursal es Score Consultores, S.L.P., siendo su domicilio postal c/Barrainkua, 10, 1.° Izda., 48009, Bilbao, y su dirección electrónica scoreconsultores@gmail.com
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
4.-La dirección web del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es www.publicidadconcursal.es
5.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Bilbao, 16 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.