Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Gestion Tecnica De Montajes Y Construcciones Andalucia S.A.

El 04-05-2012, Gestion Tecnica De Montajes Y Construcciones Andalucia S.A., en BORMUJOS (Sevilla) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es A91413401. La actividad (principal) de Gestion Tecnica De Montajes Y Construcciones Andalucia S.A. es ingeniería civil.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Gestion Tecnica De Montajes Y Construcciones Andalucia S.A.
Localidad:
BORMUJOS
Provincia:
Sevilla
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A91413401
Número de insolvencia:
A91413401
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PERU 0
41930 BORMUJOS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-01-2020
A190073928
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto.

Doña Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil n.º 5 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia:

En el procedimiento 118/2012 se dictó Auto de fecha 19 de diciembre de 2019, por el que se ha declarado concluso el concurso por insuficiencia de masa activa de Gestión Técnica de Construcciones y Montajes Andalucía, S.A., con CIF A-91413401 y domicilio en Av. Perú, 49, 2.º, 41930 Bormujos (Sevilla).

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 Ley Concursal), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento.

Madrid, 23 de diciembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.

13-09-2012
A120062107
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

La Secretaria sustituta del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, doña María Jesús Palmero Sandin, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal 118/12, referente a la mercantil deudora Gestión Técnica de Montajes y Construcciones Andalucía, S.A., se ha presentado el informe provisional de la administración concursal.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa en formato pendrive.

Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de los interesados desde la publicación de este edicto, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, a través de abogado y procurador.

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95.2 de la Ley Concursal, expido el presente.

Madrid, 5 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

04-05-2012
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
"PARTE DISPOSITIVA- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado al deudor la sociedad de esta hoja, se declara abierta la fase común del concurso. Se nombra a D. Francisco Javier Santos Barja, economista, miembro de la administración concursal. Se acuerda el régimen de suspensión de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor. Comuníquese el nombramiento al interesado por el medio más rápido posible, a fin de que en el plazo de cinco días desde su recibo comparezcan ante el Juzgado y manifiesten su aceptan o no el encargo o si concurre alguna causa de recusación, acredite la suscripción del seguro de responsabilidad civil y facilite la dirección postal y electrónica a las que se debe efectuar la comunicación de créditos y cualquier otra notificación.- Llámense a los acreedores del concursado "Gestión Técnica de Montajes y Construcciones Andalucía SA" para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la ley, redacción actual, la existencia de sus créditos. Deberán formular 1..a comunicación en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente de la publicación de la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá a la administración concursal pudiendo hacerse personalmente, por envío a la dirección que se designe o por correo electrónico, no siendo válida la dirigida al Juzgado. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en la documentación que obre en autos, informando de la declaración de concurso y del deber de comunicar los créditos en la forma establecida por la ley. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. Se dirigirá por medios electrónicos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte."En el plazo de 15 días de la aceptación del cargo deberá presentar el inventario. Se acuerda la apertura de la fase de liquidación, debiendo presentar la administración concursal el plan de liquidación en el plazo de 15 días desde el momento de la, aceptación del cargo.- Publíquese extracto de la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado de conformidad con lo previsto art 23.1 de la LC en su redacción dada por LA Ley 38/2011; la publicación será gratuita y se hará por este juzgado.- Inscríbase en el Registro Mercantil de Sevilla la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición y el nombramiento del administrador concursal, librando al efecto el oportuno mandamiento. Anótese preventivamente lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición y el nombramiento de los administradores concursales, en los registros públicos en que figuren inscritos bienes del concursado, librando al efecto el oportuno mandamiento. Una vez firme este auto líbrese mandamiento para conversión de la anotación-preventiva en inscripción .Los respectivos oficios y mandamientos se entregarán al procurador de la solicitante que deberá acreditar en el plazo de cinco días haber procedido a su presentación, salvo el dirigido al BOE que se efectuará por este juzgado. Comuníquese la declaración del concurso al Juez decano de Madrid y de Sevilla para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia, de lo Social y de lo Mercantil; en concreto al Juzgado de Primera Instancia no 2 de Sevilla -ordinario 78/110 y verbal 2016/11-, Primera Instancia nº 24 de Sevilla -ordinario 787/08- , Primera Instancia n° 8 de Sevilla -ordinario 1387/05- Primera Instancia nº 13 de Sevilla -ordinario 913/09-, Primera Instancia no 25 de Sevilla -verbal 1153/08- Primera Instancia no 9 de Sevilla -verbal 1970/09- Primera Instancia nº 12 de Sevilla -verbal 1632/08-, instancia nº 13 de Madrid -ordinario 1412/08- y Primera Instancia nº 39 de Madrid -ordinario 82/08- Comuníquese igualmente al Fondo de Garantía Salarial. Los legitimados conforme a la Ley Concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la Administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso .Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este auto. Notifíquese el auto a las partes personaras. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la Ley Concursal para la declaración de concurso.
Informes
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