Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Marilo Galicia S.L.

El 29-05-2012, Marilo Galicia S.L., en VILAGARCIA DE AROUSA (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36900363. La actividad (principal) de Marilo Galicia S.L. es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Marilo Galicia S.L.
Localidad:
VILAGARCIA DE AROUSA
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36900363
Número de insolvencia:
B36900363
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
CL COMERCIAL 5
36600 VILAGARCIA DE AROUSA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-05-2014
A140026915
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario judicial de Xdo. do Mercantil n.º1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 101/2012, y NIG n.º 36038 47 1 2012 0000166, se ha dictado en fecha 11/1/13 Auto de Conclusión de Concurso voluntario del deudor Marilo Galicia, S.L., cuya parte dispositiva dice:

1. Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de Marilo Galicia, S.L., con CIF B-36900363, con domicilio en Centro Comercial Arousa, local B-5, Vilagarcia de Arousa, con los efectos legales inherentes.

2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal y el cese de los administradores concursales.

4. Se acuerda la extinción de la sociedad Marilo Galicia, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5. Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la Administración Concursal. Publíquese en el "BOE" y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

6. Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC).

Así lo manda y firma S.S. Doy fe.

El Magistrado-Juez. El Secretario.

Pontevedra, 14 de enero de 2013.- El/la Secretario/a judicial.

19-07-2012
A120052397
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,

Por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 101/12-IF y NIG 36038 47 1 2012 0000166, se ha dictado en fecha 29 de mayo de 2012 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor "Marilo Galicia, S.L.", con CIF B-36900363, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Vilagarcía de Arousa, Centro Comercial Arousa, local B-5. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra en la hoja PO-30118, folio 122, libro 2707 de Sociedades, inscripción primera.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado como administración concursal a don Juan Carlos Chan González, con domicilio postal en calle Michelena, 9, entresuelo, 36002 Pontevedra, y dirección electrónica señalada ecade98jcc@economistas.org para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

Pontecedra, 15 de junio de 2012.- El Secretario judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos