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Concurso de acreedores Bamipal Sl

El 22-05-2012, Bamipal Sl, en VILAGARCIA DE AROUSA (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36214633. La actividad (principal) de Bamipal Sl es industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería.
Se ha aprobado el plan de convenio.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Bamipal Sl
Localidad:
VILAGARCIA DE AROUSA
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B36214633
Número de insolvencia:
B36214633
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
LG :
BAMIO (SAN GINES P ) 0
36600 VILAGARCIA DE AROUSA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
25-07-2013
A130043030
 
  • Aprobación del convenio
 

Edicto.

Don José Luís Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, anuncia:

Que en la Sección V Convenio 86/2012, en el que figura como concursado "Bamipal, Sociedad Limitada", se ha dictado el día 8 de abril de 2013, sentencia, ya firme, aprobando judicialmente el convenio propuesto por la concursada y aceptado en la Junta de acreedores, celebrada el día 5 de marzo de 2013, cuya parte dispositiva establece:

1. Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la concursada "Bamipal, Sociedad Limitada", presentado por medio de escrito de 15 de enero de 2013 y subsanado el 23 de enero de 2013 y obrante en autos, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la Ley Concursal; entre ellos el cese de la Administración concursal en los términos del actual artículo 133 de la Ley Concursal.

2. Notifíquese la sentencia al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

3. Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal si estuviere operativo y en el tablón de anuncios de este Tribunal.

4. Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia y entréguense a la representación de la concursada para su diligenciamiento.

5. Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del Auto de declaración del concurso. Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

6. Llévese testimonio de la presente a los autos principales del concurso.

Modo de impugnación: recurso se apelación a interponer directamente en este Juzgado para ante la Ilustrisima Audiencia Provincial de Pontevedra, en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución, en virtud de lo establecido en el artículo 197 de Ley Concursal, previa la constitución de depósito por importe de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este mismo Juzgado, domiciliada en la entidad Banesto.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.- El Magistrado-Juez.

Pontevedra, 14 de mayo de 2013.- Secretario Judicial.

14-06-2012
A120043365
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don José Luís Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración de Concurso 86/2012-IF y N.I.G. número 36038 47 1 2012 144, se ha dictado en fecha 22 de mayo de 2012 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Bamipal, Sociedad Límitada, con C.I.F. B-36214633, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial de Bamio, parcela 71, de Vilagarcía de Arousa.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado como administrador concursal a Doña María Dolores Carpintero Vázquez, con domicilio postal en la calle Benito Corbal, 27, 1.º-D, 36001 Pontevedra y dirección electrónica señalada mdcarintero@icapontevedra.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Pontevedra, 28 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial.

Informes
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