El Juzgado de Primera Instancia número 9 y de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º La conclusión del concurso de Movimientos y Nivelaciones, S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 421/11 y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de bienes.
2.º La extinción de la entidad Movimientos y Nivelaciones, S.L., y en consecuencia el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Córdoba y cese de los administradores concursales.
Córdoba, 10 de diciembre de 2015.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número concurso abreviado 421/2011 referente al concursado Movimientos y Nivelaciones, Sociedad Limitada, por auto de fecha quince de octubre se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del convenio a petición del deudor.
2. Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la sociedad limitada Movimientos y Nivelaciones, Sociedad Limitada, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituídos por la administración concursal.
Córdoba, 15 de octubre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia
1.- Que en el procedimiento concursal número 421/2011 referente al deudor Movimientos y Nivelaciones, Sociedad Limitada, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Córdoba, 21 de septiembre de 2012.- El/La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia
1.-Que en el procedimiento número 421/2011, con NIG 1402142M20110000512, por auto de dos de mayo de 2012 se ha declarado en concurso necesario al deudor "Movimientos y Nivelaciones, Sociedad Limitada", con Código de Identificación Fiscal B14422448, con domicilio en calle Ribera Baja, sin número, 14500 Apartado de Correos 178, Puente Genil, España y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Puente Genil, Córdoba.
2.-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3.-Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido "Landwell Pwc Tax&Legal Services, Sociedad Limitada", con domicilio postal 14008, avenida de Cervantes, número 20, 5.º B, Córdoba y dirección electrónica acmovimientosynivelaciones@es.pwc.com, fax: 954981320, habiéndose designado como persona física con la que el Juzgado se entenderá a don Abelardo Bracho Arcos, Abogado.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".
4.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Córdoba, 11 de mayo de 2012.- El/la Secretario/a judicial.