Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado J Santiago Restaurantes Sl

El 07-05-2012, J Santiago Restaurantes Sl, en TELDE (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35706407. La actividad (principal) de J Santiago Restaurantes Sl es servicios de comidas y bebidas.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
J Santiago Restaurantes Sl
Localidad:
TELDE
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35706407
Número de insolvencia:
B35706407
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
AZAHAR 0
35212 TELDE
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-11-2020
A200059364
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

D./Dña. Elena Luri Rodríguez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2, de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000005/2012, se ha dictado en fecha 18/11/2020 auto declarando la conclusión del concurso de la persona natural Juan Miguel Melián Alzola, con DNI 42827524Y, y de la mercantil J Santiago Restaurantes S.L. con CIF B35706407 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

ACUERDO:

Procede la conclusión del concurso, dejando sin efecto la situación de concursado de J Santiago Restaurantes S.L. con CIF B-35706407 y Don Juan Miguel Melián Alzola con DNI 42827524 Y, y el archivo de las actuaciones.

Se aprueba igualmente la rendición de cuentas presentada por el Administrador Concursal junto con su informe de conclusión.

Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal.

Publíquese la presente resolución en el Boletín1 Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que en su caso se hayan acordado.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos al Registro Mercantil que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder el cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado.

Igualmente líbrese exhorto al Registro Civil para la anotación de la conclusión en la marginal de nacimiento del concursado.

Las Palmas de Gran Canaria, 25 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.

26-06-2013
A130036973
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal número 0000005/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso J. Santiago Restaurantes, S.L.U. con CIF B-35706407 y de don Juan Miguel Melián Alzola, con NIF 42827524Y. se ha dictado en el día de hoy auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.º Se aprueban los textos definitivos aportados por la administración concursal y se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de J. Santiago Restaurantes, S.L.U. y de don Juan Miguel Melián Alzola.

2.º Se abre la Fase de Convenio que se encabezará con testimonio de la presente resolución, formándose la Sección Quinta.

3.º Se convoca junta de acreedores para el día 30 de octubre 2013, a las 13,30 horas, en la Sala de Vistas de esta Oficina Judicial, sito en la calle Reyes Católicos, n.º 6, de las Palmas de Gran Canaria.

4.º Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuesta de convenio.

5.º Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la/s propuesta/s de convenio que se presenten en los términos previstos en el artículo 115.3 de la Ley Concursal.

6.º Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

7.º Anúnciese la celebración de la Junta por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de esta Oficina Judicial y en el Boletín Oficial del Estado hasta tanto se regularice el Registro Público Concursal establecido en el art. 198 de la LC.

Notifíquese el presente auto al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas, contra el que no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de que puedan invocarse los motivos de impugnación en recurso de apelación contra la sentencia que resuelva sobre la aprobación de convenio (art. 111.3 de la LC).

Las Palmas de Gran Canaria, 13 de junio de 2013.- Secretaria Judicial.

14-02-2013
A130005190
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000005/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de D. J Santiago Restaurantes, S.L., y CIF n.º B35706407, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 30 de enero de 2013.- Secretaria Judicial.

13-11-2012
A120074113
 

EDICTO

D./Dña. Victoria Basante Eiras Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente

Hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000005/2012, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Paloma Guijarro Rubio, en nombre y representación de D./Dña. J. Santiago Restaurante, S.L., se ha dictado Auto el día 3 de septiembre de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos, y el acta de aceptacion del cargo.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Cesar a don José María Vela-Hidalgo, como administradora concursal en las presentes actuaciones.

Se procede al nombramiento como nuevo administrador del concurso a D./Dña. María Irma Miranda Betancor, Abogada, con teléfono-fax 928433192, lo que se le comunicará por el medio más rápido, haciéndole saber que deberá aceptar el cargo dentro de los cinco días siguientes al de recibo de la comunicación, mediante comparecencia ante este Juzgado. En dicha comparecencia se les hará saber lo establecido en el artículo 28 y siguientes de la L.C., y aceptado el cargo se les entregará testimonio de este auto y de la comparecencia de aceptación, a fin de que quede acreditada su designación. Asimismo, deberán señalar un despacho u oficina para el ejercicio de su cargo, que deberá estar ubicada en alguna localidad del ámbito de competencia territorial del Juzgado.

Líbrese oficio al Iltre. Colegio de Abogados de esta ciudad a fin de comunicarles la renuncia por parte de D./Dña. José María Vela-Hidalgo Gómez al cargo de Administrador concursal para que el que fue designado/a, todo ello a los solos efectos previstos en el punto 2 del art. 29 de la Ley Concursal.

Publíquese el nombramiento del administrador en los mismos medios en que lo hubiere sido el administrador sustituido.

ACTA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de septiembre de 2012.

Siendo la hora señalada al efecto y estando constituido en Audiencia Pública el/la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de esta ciudad, Don/doña Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, asistido del Secretario Judicial don/doña Teresa Hernández Rivero, comparece don/doña María Irma Miranda Betancor, con DNI 78485176 E, que ha sido designado como Administrador concursal en los autos del Procedimiento concursal número 0000005/2012.

Abierto el acto por S.S.ª, por el citado Administrador designado se hace saber que no está incurso en ningún supuesto de incapacidad, incompatibilidad o prohibición para el desempeño del cargo, señalando que la oficina o despacho donde desempeñará su cargo en la localidad del ámbito de este Juzgado se encuentra en Doctor Juan de Padilla, 41, 35002 Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 686766820, telf. y fax 928433192, correo electrónico, irmamirandabetancor@hotmail.com

Visto lo anterior, acepta el cargo de Administrador, jura desempeñarlo con la diligencia de un ordenado administrador y de un representante leal.

En este acto por S.S.ª se le entrega testimonio del auto de declaración del concurso y de la presente acta, como acreditación del cargo, haciéndosele saber que dicho documento deberá ser devuelto al Juzgado en el momento en que se produzca el cese por cualquier causa, así como que no podrá renunciar al cargo, salvo por causa grave. También se le hace saber que estará sujeto al régimen de incompatibilidades, prohibiciones, recusación y responsabilidad establecido para los Administradores Concursales y sus representantes en la Ley Concursal.

Asimismo, en este acto se le hace saber que en el plazo de UN MES desde la publicación del BOE, habrá de presentar informe en los términos que establecen los arts. 74 y siguientes de la Ley Concursal, haciéndole saber los apercibimientos oportunos.

Con lo cual se da por terminada la presente que es leída y hallada conforme por el Administrador designado, quien la firma teniendo por recibida la documentación expresada, después de S.S.ª, de lo que doy fe.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que este no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 13 de septiembre de 2012.- Secretaria Judicial.

28-05-2012
A120036414
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000005/2012, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Paloma Guijarro Rubio, en nombre y representación de D./Dña. J Santiago Restaurantes, S.L., se ha dictado Auto el día 7 de mayo de 2012[, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D./Dña. J Santiago Restaurantes, S.L., con CIF n.º B35706407, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. José María Vela-Hidalgo Gómez, como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de c/ Pintora Carmen Llopis, 7-3.º, de Las Palmas de Gran Canaria y código postal 35003, teléfono 928360618 y fax 928372462, así como Dirección electrónica info@abogadosdeleonyval.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda su intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

D. Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado-Juez. Doña Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 17 de mayo de 2012.- Secretaria Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos