Edicto.
Doña María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de Santander,
Hago saber: Que en el procedimiento de referencia Concurso Ordinario 140/2012, se ha acordado por Auto de fecha 29 de abril de 2020, lo siguiente:
1. Se declara concluso el presente concurso por finalización de la fase de liquidación, del concursado Paredes Santander de Construcciones, S.L., CIF B39329958, procediéndose al archivo de las actuaciones.
2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.
4. Se acuerda el cese de la Administración Concursal.
5. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de Paredes Santander de Construcciones, S.L., CIF B39329958, y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander, conteniendo testimonio de la resolución firme.
Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Santander, 29 de abril de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María de las Nieves García Pérez.
Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Santander,
Hago saber: Que por auto, de fecha 23 de abril de 2013, se ha acordado lo siguiente:
1. Se abre la fase de liquidación del concursado "Paredes Santander de Construcciones, S.L.", en el concurso número 140/2012, con los efectos previstos en el artículo 142 y siguientes de la LC.
2. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos legalmente establecidos.
3. De conformidad con el artículo 145.3 LC se declara la disolución de la concursada "Paredes Santander de Construcciones, S.L.", acordándose el cese de sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
4. Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el artículo 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que consta en otras prestaciones.
Santander, 23 de abril de 2013.- La Secretaria.
María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Santander, hago saber:
1.- Que en el procedimiento concursal número 140/2012, por auto de fecha 29/3/2012, se ha declarado en concurso al deudor "Paredes Santander de Construcción, Sociedad Limitada", con CIF número B-39329958, y con domicilio en Santa María de Cayón (Cantabria), Residencial los Valles, 23, local 1.
2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.
3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y a efectos informativos en la página web del TSJC.
4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
5.- Que ha sido nombrado Administrador concursal don Rodrigo Blasco de la Fuente, con DNI número 52721797-R, con domicilio en calle Atilano Rodríguez, 9,5.º izquierda, de Santander, correo electrónico: ac.paredes.sder@gmail.com.
Santander, 20 de abril de 2012.- La Secretaria.