El Juzgado de lo Mercantil número 1, de Vitoria-Gasteiz,
Anuncia
Que en el procedimiento concursal número 296/2011 en el que figura como concursado/a STA SERVICIOS AERONÁUTICOS, S.L., se ha dictado el 23/6/2014 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Vitoria-Gasteiz, 23 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.
El Juzgado de lo Mercantil número 1, de Vitoria-Gasteiz, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 296/2011 referente al concursado STA SERVICIOS AERONAUTICOS, S.L., con CIF número B-01364736, por auto de fecha 17/01/2014 se ha acordado lo siguiente:
1.- Aprobar plan de liquidación de STA SERVICIOS AERONÁUTICOS, S.L.
2.- Asimismo se ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo, de modo que dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial de Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Vitoria-Gasteiz, 17 de enero de 2014.- La Secretario Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento concursal número 296/2011 referente al deudor STA Servicios Aeronáuticos, S.L., con NIF B01364736, se ha presentado el informe de la adiministración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Asimismo, se ha presentado escrito de evaluación de la propuesta anticipada de liquidación.
Dichos documentos pueden ser examinados por lo interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
En el mismo plazo podrán formular observaciones a la propuesta anticipada de liquidación presentada por el deudor.
Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Vitoria-Gasteiz, 25 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 296/11, por auto de fecha 10 de octubre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor STA Servicios Aeronáuticos, S.L., con CIF B-01364736, con domicilio en calle El Campo, n.º 6, en Alcedo (Álava), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Alcedo (Álava).
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
VItoria-Gasteiz, 10 de octubre de 2011.- El/la Secretario Judicial.