Edicto
Doña Concepción Álvarez García, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Toledo y de lo Mercantil, anuncia:
1.º Que en el procedimiento concursal número Sección I Declaración de concurso 0000347/2011, referente al concursado Gregorio Palencia, S.L., se ha acordado la suspensión de la Junta de Acreedores señalada para el día 19-10-12 y se señala nuevamente para su celebración el próximo día 30 de noviembre de 2012, a las diez horas de su mañana, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en Plta 0, Sala 6
2.º Hasta 40 días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del art 115.3 de la LC.
3.º Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la LC.
Toledo, 23 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.
Don Alfonso José Moreno, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de los de Toledo y de lo Mercantil, anuncia:
1. Que en el procedimiento Concursal número Sección I Declaración de concurso 0000347/2011 referente al concursado Gregorio Guerrero Palencia, S.L. se ha acordado dejar sin efecto el señalamiento de la Junta de Acreedores señalada para el día 14 de septiembre de 2012 y se señala nuevamente para su celebración el próximo día 19 de octubre de 2012, a las diez horas de la mañana, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sito en Planta 0, Sala 6.
2. Hasta 40 días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el articulo 118 de la LC
Toledo, 25 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.
Edicto
Doña María Amparo de Dios Serrano, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Toledo y de lo Mercantil, por el presente hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 347/2011 se ha dictado en fecha 02/12/2011 Auto de declaración de Concurso voluntario del deudor Gregorio Guerrero Palencia, S.L., con CIF B-45221041, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Orgaz (Toledo).
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el art. 85 de la LC.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el BOE, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y que se expresará en su nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocaré un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso los originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado (art 184.3 LC).
Toledo, 5 de diciembre de 2011.- Secretario judicial.