Edicto.
Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid,
Hace saber: Que en el procedimiento Concurso voluntario 456/2011 de la mercantil Industrias Gutiérrez Borrella, S.L., se ha dictado en fecha 10 de diciembre de 2020, auto por el que se ha declarado concluso el concurso por cumplimiento de convenio.
Asimismo se acuerda el archivo de las actuaciones por haber quedado firme el auto que declaró cumplido el convenio.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481 TRLC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento.
Madrid, 10 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.
EDICTO
Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n° 4 de Madrid,
Anuncia:
Que en el procedimiento de Concurso de acreedores 456/2011 del deudor INDUSTRIAS GUTIÉRREZ BORRELLA, S.L., CIF 8-82043696 se ha dictado en fecha 2 de septiembre de 2020 Auto por el que se declara cumplido íntegramente el convenio suscrito con sus acreedores y que fue aprobado por Sentencia de este Juzgado de 2 de octubre de 2013, dictada en este procedimiento concursal.
Madrid, 2 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.
El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid anuncia
1.- Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 456/2011, se ha dictado, el dos de octubre de dos mil trece, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Industrias Gutierrez Borrella, S.L., y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día veinticuatro de julio de dos mil trece.
2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.
El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acredite interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días, computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el BOE y en el tablón de anuncios.
4.- Que se ha formado la sección sexta que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.
Dentro de los diez días siguientes a la publicación en el BOE, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte de la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 3 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, anuncia
1. Que en el procedimiento concursal número 456/2011 referente al concursado Industrias Gutiérrez Borrella, S.L., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 24 de julio de 2013 a las 10.30 horas en la Sala de Vistas del Juzgado sita en Madrid c/ Gran Vía, 52, 4.º planta.
2. Se someterá a la deliberación y aprobación, en su caso, de la Junta, la propuesta anticipada de convenio presentada en su día por el deudor y mantenida por el mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley Concursal (LC).
Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal, puede ser examinada por los interesados en el Juzgado.
3. Los acreedores adheridos a la propuesta anticipada se tendrán por presentes en la Junta a efectos de quórum y sus adhesiones se contarán como votos a favor para el cómputo del resultado de la votación, a no ser que asistan a la Junta de acreedores o que, con anterioridad a su celebración, conste en autos la revocación de su adhesión.
4. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Madrid, 9 de mayo de 2013.- El/La Secretario Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento concursal número 456/2011 referente al deudor Industrias Gutiérrez Borrella, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Asimismo, se ha presentado informe de evaluación de la propuesta anticipada de convenio.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computados: para los personados desde la notificación de la resolución; y para el resto de los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Madrid, 3 de febrero de 2012.- El/la Secretario Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil N.º 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia
Primero.- Que en el procedimiento número 456/2011, por auto de ocho de noviembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor INDUSTRIAS GUTIÉRREZ BORRELLA, S.L. CIF B 82043696 inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 13.302 hoja M-215.577 con domicilio en Ciempozuelos (Madrid) Polígono Industrial Los Huertecillos calle Olmo n.º 9 parcela 1-1 Nave n.º 2.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas ala intervención de la administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Madrid, 8 de noviembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.