Don Enrique Díaz Revorio, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente,
Hago saber:
Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración concurso 518/11 se ha dictado a instancias de Menorva Servicios Inmobiliarios, S.A., en fecha 31 de octubre de 2011 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Menorva Servicios Inmobiliarios, S.A., con n.º de CIF A-07722671 y domicilio en la urbanización playas de Fornells, complejo Tramontana, n.º 110 de Es Mercadal - Menorca.
Segundo.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administrador y disposición del deudor, siendo sustituido en las mismas por la administración concursal.
Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal,
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio, y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).
Palma de Mallorca, 31 de octubre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.