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Concurso de acreedores terminado Hotel Tximista Sl

El 14-09-2011, Hotel Tximista Sl, en ESTELLA/LIZARRA (Navarra) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PAMPLONA. El número de insolvencia de esta empresa es B31747405. La actividad (principal) de Hotel Tximista Sl es servicios de alojamiento.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Hotel Tximista Sl
Localidad:
ESTELLA/LIZARRA
Provincia:
Navarra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B31747405
Número de insolvencia:
B31747405
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ZALDU 15
31200 ESTELLA/LIZARRA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-01-2021
A200066871
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000569/2011 referente al concursado Hotel Tximista, S.L., con CIF B31747405, con domicilio en Calle Zaldu, 15, de Estella/Lizarra, por auto de fecha 10 de diciembre del 2020 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:

Decido:

Primero.-Acordar la conclusión del concurso de la entidad Hotel Tximista, S.L., por cumplimiento de convenio.

Segundo.-Inscríbase la presente resolución acordando la conclusión del concurso, en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

Tercero.-Dése a esta resolución la publicidad prevista en el artículo 482 del TRLC.

Líbrese exhorto al Juzgado Decano de Estella y Pamplona a fin de que ponga en conocimiento de los Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de lo Social, la conclusión del presente concurso al efecto del artículo 483 TRLC.

Entréguense los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas y a la Administación Concursal.

Pamplona, 11 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

08-10-2020
A200045697
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000569/2011 se ha dictado el 7 de septiembre del 2020, auto declarando cumplido el convenio aprobado por sentencia de 24 de septiembre de 2012, de la concursada HOTEL TXIMISTA, S.L., con CIF n.º B31747405, con domicilio en calle Zaldu, 15 de Estella/Lizarra, cuya parte dispositiva dice así:

Que debo declarar y declaro cumplido el convenio aprobado por sentencia de fecha 24 de septiembre de 2012, de la concursada Hotel Tximista, S.L.

Hágase pública la parte dispositiva de este Auto por medio de edictos que se insertará a la mayor brevedad en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, en el Registro Público Concursal y en el tablón de este Juzgado.

Hágase entrega de los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su diligenciamiento, cosa que deberá acreditar a este juzgado en el plazo de diez días.

Pamplona, 7 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

29-01-2013
A130003577
 
  • Cese de los Administradores
  • Aprobación del convenio
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 569/2011 se ha dictado el 24 de septiembre de 2012, sentencia, que es firme, aprobando judicialmente el convenio propuesto por Hotel Tximista, S.L., y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 20 de julio de 2012.

Segundo.- El fallo de la sentencia contiene los siguientes particulares:

1.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por Hotel Tximista, S.L., que ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC.

2.- Desde la fecha de esta sentencia, cesarán todos los efectos de la declaración de concurso de la referida sociedad, quedando sustituídos por los que se establecen en dicho convenio, sin perjuicio del mantenimiento de los deberes de colaboración e información del deudor previstos en la legislación concursal.

3.- Desde la fecha de esta sentencia cesan en su cargo los Administradores concursales, sin perjuicio de su intervención en la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfación de los créditos contra la masa.

4.- Los Administradores concursales deberán rendir cuentas de su entera actuación colegiada hasta este momento, en el plazo de un mes.

5.- Requiérase a Hotel Tximista, S.L., por medio de su representación procesal, para que, con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la presente resolución, informe a este tribunal acerca del cumplimiento del convenio.

Una vez firme, hágase público el fallo de esta sentencia por medio de edictos que se insertarán a la mayor brevedad en el "Boletín Oficial del Estado" y expídanse mandamientos al Registro Mercantil de Navarra y a aquelllos otros donde se anotó el régimen concursal de ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor así como el nombramiento de los Administradores concursales, a fin de que se tome razón de la aprobación del convenio y de lo acordado en la presente resolución respecto al cese de los efectos de la declaración del concurso y el cese de los Adminisradores concursales.

Hágase entrega de los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de sus diligenciamiento, cosa que deberá acreditar a este juzgado en el plazo de diez días.

6.- Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los Administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

Pamplona/Iruña, 2 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

12-04-2012
A120021190
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

El Juzgado de lo Merantil nº 1 de Pamplona/Iruña anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000569/2011, referente al concursado Hotel Tximista, S.L., por auto de fecha 12 de marzo de 2012 se ha acordado lo siguiente:

Poner fin a la fase común del presente concurso de la concursada Hotel Tximista, S.L. con CIF B-31747405.

Abrir la fase de convenio.

Por Diligencia de Ordenación de misma fechas se ha acordado ordenar la convocatoria de la Junta de Acreedores de la entidad mercantil concursada Hotel Tximista, S.L., a celebrar el día 1 de junio de 2012, a las 10:30 horas, en J. Mercantil nº 1.

Quienes comparezcan a la Junta en nombre de un acreedor deberán aportar además del documento que conste la condición que le faculta para actuar en nombre de dicho acreedor, fotocopia del citado documento.

Hasta cuarenta días naturales antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuesta de convenio.

Anúnciese la convocatoria, expresándose en los edictos que los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio, una vez que, en su caso, se presente propuesta de convenio y que sea admitida a trámite y quede de manifiesto en la secretaría de este Juzgado el escrito de evaluación sobre su contenido, que deberá emitir el administrador concursal, así como que la adhesión deberá hacerse en la forma prevista en el art. 103.2 y 3 de la Ley Cconcursal.

Pamplona/Iruña, 12 de marzo de 2012.- El/La Secretario Judicial.

17-12-2011
90672
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento concursal número 0000569/2011 referente a la deudora "Hotel Tximista, S.L.", con CIF B-31747405, con domicilio en calle Zaldu, n.º 15, de Estella, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventariio de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Segundo.-En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE.

Dentro del plazo de diez días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Tercero.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Pamplona/Iruña, 15 de noviembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

08-10-2011
72685
 
  • Auto de declaración de concurso
 

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento número 569/2011, por auto de 14 de septiembre de 2011 se ha declarado en concurso de materia Voluntaria al deudor Hotel Tximista, Sociedad Limitada, con domicilio en calle Zaldu, 15 de Estella (Navarra), cuyo centro de principales intereses lo tiene en Estella (Navarra), y con Código Identificación Fiscal B31747405.

Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el 15 días a contar desde el siguiente día a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Pamplona/Iruña, 15 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

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