Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Caja Publicidad Sl

El 29-07-2011, Caja Publicidad Sl, en MADRID (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B83111757. La actividad (principal) de Caja Publicidad Sl es actividades de las sedes centrales; actividades de consultoría de gestión empresarial.
Se ha abierto la sección 5.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Caja Publicidad Sl
Localidad:
MADRID
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B83111757
Número de insolvencia:
B83111757
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
EL ALGABEÑO 6
28043 MADRID
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-07-2014
A140035860
 
  • Cese de los Administradores
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
 

Doña M.C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid,

Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario nº 393/11, de Caja Publicidad, S.L., en el que recayó sentencia de fecha 05/05/2014 dentro de la sección quinta, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

"Que debo aprobar y apruebo, con los efectos previstos en la Ley, por haber obtenido las mayorías necesarias, la propuesta de convenio presentada en el concursos de Caja Publicidad SL con el siguiente tenor:

"Una quinta del 50% y una espera de 5 años con la siguiente forma de pago:

a) Los dos primeros años desde la aprobación de la sentencia serán de carencia.

b) El tercer año desde la aprobación de la sentencia se pagará el 20% en dos pagos, uno a los 6 meses y otro el último día de la anualidad.

c) El cuarto año desde la aprobación de la sentencia se pagará el 30% en dos pagos, uno a los 6 meses y otro el último día de la anualidad.

d) El quinto año desde la aprobación de la sentencia se pagará el 50% en dos pagos, uno a los 6 meses y otro el último día de la anualidad.

Los créditos subordinados se pagarán sometidos a las mismas quitas y esperas iniciándose el pago una vez satisfechos los ordinarios"

"Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la concursada y sobre los acreedores de la consursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes leglamente afecte.

Se acuerda el cese de la administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, debiendo presentar rendición de cuentas en el plazo de dos meses desde la firmeza de esta resolución, sin perjuicio de conservar plena legitimación para continuar los incideentes en curso, en su caso, y especial lo relativo a la sección de calificación.

Fórmese la sección 6ª de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución, de la solicitud de declaración de conruso, de los documentos en ella aportados, del auto de declaración de concurso y del informe de la administración concursal, y de los textos definitivos.

Se concede el plazo de diez días a contar desde la última publicación que se realice de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección 6ª alegando por escrito lo que estime relevante para la calificación del concurso como culpable".

Y para su inserción en el BOE, expido el presente.

Madrid, 5 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.

15-01-2014
A140000888
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

D.ª M.C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, hago saber:

Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario abreviado 393/2011, a instancias de Caja Publicidad, S.L., en el que recayó auto de fecha 16 de diciembre de 2013, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

"Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal, del concursado Caja Publicidad, S.L."

"Abrir la fase del convenio"

"Se convoca Junta de acreedores que se celebrará el día 12 de marzo a las 10.00 horas en la sede de este Juzgado sita en la calle Gran Vía, n.º 52, 4.ª planta, de Madrid, pudiendo el concursado y los acreedores cucyos créditos superen conjunta o individualmente, una quinta parte del pasivo, presentar propuestas de convenio desde la presente convocatoria hasta cuarenta días antes de la fecha señalada para su celebración.

"Para el caso de presentarse propuesta de convenio, los acreedores podrán adherirse a la misma, mediante instrumento público o comparecencia ante el Secretario de este Juzgado, o desde que quede de manifiesto en la Secretaría del Juzgado el correspondiente escrito de evaluación previsto por el art. 115.2 de la L.C. y hasta el momento del cierre de la lista de asistentes a la junta, de conformidad con el punto 3 del citado artículo".

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art.111 de la Ley Concursal, expido el presente en

Madrid, 16 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

04-06-2012
A120036424
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña M. C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid,

Hago saber:

"Que en el procedimiento concursal voluntario número 393/11 referente al deudor Caja Publicidad, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa.

Dentro del plazo de cinco días, computado para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de los interesados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, a través de Abogado y Procurador."

Madrid, 17 de mayo de 2012.- Secretaria Judicial.

22-09-2011
65545
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid,

Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 393/11, en el que recayó auto de fecha 29 de julio de 2011, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

"Se declara en concurso voluntario a la entidad Caja Publicidad, S.L., con CIF nº. B-83111757"

"Se acuerda la intervención de las facultades del deudor"

"Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de quince a contar desde la publicación"

Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en la fecha expresada.

Madrid, 1 de septiembre de 2011.- La Secretario Judicial.

Informes
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