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Concurso de acreedores Toyaga Sa

El 22-06-2011, Toyaga Sa, en MORALZARZAL (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es A83425694. La actividad (principal) de Toyaga Sa es actividades inmobiliarias.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Toyaga Sa
Localidad:
MORALZARZAL
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A83425694
Número de insolvencia:
A83425694
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DE LA CAPELLANIA (PG) 11
28411 MORALZARZAL
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-07-2011
52881
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Doña Rosa María Pérez Garrudo, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 53/11, por auto de 22 de junio de 2011 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Toyaga, S.A., CIF A-83/425694, con domicilio en calle de la Capellanía, Polg. 11, Moralzarzal, Madrid.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, D. Javier Lucas Nieto, con despacho profesional en Madrid, Calle Velázquez, 63, tfno. 91 524.71.04, javier.lucas@cuatrecasas.com, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

La comunicación se formulará por escrito y se presentará en el Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 24 de junio de 2011.- Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid.

Informes
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