El 06-05-2011, Jimenez Lopez Gregorio Ortega Martinez Francisco Lucas Y Fernandez Tornero DiEgo Cb, en VILLANUEVA DEL ARZOBISPO (Jaén) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de JAÉN. El número de insolvencia de esta empresa es E23043714. Se ha abierto la fase de liquidación.
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Nombre:
Jimenez Lopez Gregorio Ortega Martinez Francisco Lucas Y Fernandez Tornero DiEgo Cb
Localidad:
VILLANUEVA DEL ARZOBISPO
Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
E23043714
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Desconvocatoria de Junta de Acreedores
- Cese de los Administradores
- Se deja sin efecto la fase de convenio
- Apertura de la fase de liquidación
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén,
Anuncia: Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 166.05/2011 referente al concursado Dolores Ramírez Jiménez y Francisco López López, con DNI 26180198B y 75036055 G respectivamente, por auto de fecha 23 de diciembre de 2011 ha acordado lo siguiente:
1.-Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 10 de octubre de 2011, por no haberse presentado ninguna propuesta.
2.-Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 10 de enero de 2012.
3.-Abrir, de oficio,la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Jaén, 10 de enero de 2012.- El/La Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto
El Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 166/2011, por auto de 6 de mayo de 2011 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Francisco López López y Dolores Ramírez Jiménez, con NIF 75036055-G y 26180198-B, con domicilio en Bailén C/ General Lario, nº 48.
2º.- Que los deudores conservan las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
5º.-Esta publicación tendrá carácter gratuito dada la insuficiencia de bienes del concursado y de la masa activa.
Jaén, 9 de mayo de 2011.- El/La Secretario Judicial.
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