Edicto.
D. Francisco Julián Hinojal Gijon, Secretario/a judicial de Xdo Primeira Instancia n.º 2 Mercantil de Lugo, anuncia:
Que en el concurso 154/11, referente al concursado José Ramón López Cruz, 33801824N y Damiltrans, S.L., B-27354455, por auto de fecha 25 de noviembre, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso por no aceptación en junta de la propuesta de Convenio.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la entidad Damiltrans, S.L., cesando en su funcion sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los quince días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Lugo, 25 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.
Edicto
D./D.ª Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario/a Judicial de Xdo. Primera Instancia N. 2, Mercantil de Lugo, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número Sección I Declaración Concurso 0000154/2011 referente al concursado Damil Trans, S.L. B27354455, José Ramón López Cruz 33801824N se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día veinticinco de Noviembre a las diez horas en la Sala de Audiencias de este Tribunal.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el articulo 118 de la L C.
Lugo, 22 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.
Edicto
Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario Judicial de Juzgado de Primera Instancia n.º 2 Mercantil de Lugo, anuncia:
l. - Que en el Sección I, Declaración Concurso 0000154/2011, referente al deudor Damil Trans, S.L., B27354455, y José Ramón López Cruz, 33801824N, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. - Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3. - Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
Lugo, 5 de abril de 2011.- El Secretario Judicial.
1. Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Sr/Sra VILA VARELA en nombre y representación del deudor DAMIL TRANS SL 2. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor DAMIL TRANS S.L. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del Capítulo II del Título VIII de la LC, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 190. Sin embargo, el plazo señalado a los acreedores para comunicar sus créditos a la administración concursal y los establecidos para la preparación o interposición de recursos serán los comunes de la LC. 3. El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.4. Se nombra administrador único del concurso a D/Da FRANCISCO JAVIER VARELA FERNANDEZ 33313303H SAN ROQUE 66 ENLO LUGO, que reúne los requisitos del artículo 27.1 de la LC.5. Llámense a los acreedores del concursado, para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 a los administradores concursales la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y tablón de anuncios del juzgado. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores.6. Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y tablón de anuncios del juzgado. Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él. Los respectivos oficios entréguense al procurador para su diligenciado.7. Inscríbase en el Registro Mercantil de Lugo la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre de los administradores. Anótese preventivamente en el Registro de la propiedad de Lugo y de bienes muebles de Lugo en el folio correspondiente a cada uno de los bienes que consten inscritos, lo acordado sobre las facultades de administración y disposición del deudor con expresión de sus fechas y el nombramiento de los administradores.8. Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.9. El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la Administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso.10. Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este auto. 11. Comuníquese la declaración del concurso a los juzgados de la provincia. Notifíquese el auto a las partes personadas. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso. MODO DE IMPUGNACIÓN :1. Contra la DECLARACIÓN DE CONCURSO cabe, por quien acredite interés legítimo, RECURSO DE APELACIÓN ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo. El recurso se preparará por medido de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS , contados desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso y limitado a citar la resolución recurrida.2. Contra los DEMÁS PRONUNCIAMIENTOS del auto cabe RECURSO DE REPOSICIÓN por medio de escrito presentado en este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado, en plazo de CINCO DÍAS, computados, para el deudor desde la notificación del auto y para los demás legitimados en la forma expresada en el apartado anterior, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso (artículos 20.2 y 197 LC y 452 LECn).