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Concurso de acreedores Pladescayola Sl

El 12-04-2011, Pladescayola Sl, en LIBRILLA (Murcia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MURCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B73161010. La actividad (principal) de Pladescayola Sl es actividades de construcción especializada.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Pladescayola Sl
Localidad:
LIBRILLA
Provincia:
Murcia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B73161010
Número de insolvencia:
B73161010
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CM :
DEL CASTELLAR (POL IND) 0
30892 LIBRILLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-02-2013
A130006273
 
  • Plan de liquidación
 

Edicto

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 54/11 referente a la mercantil concursada Pladescayola, S.L., con CIF número B73161010, se ha puesto de manifiesto en la Secretaria del Juzgado el día 05/02/13 el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.

2.- El deudor y los acreedores pueden formular observaciones y modificaciones al mismo en el plazo de quince días, computados para las partes personadas desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el Plan y para los interesados no personados desde la publicación en el BOE del presente edicto.

Murcia, 5 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

22-01-2013
A130000724
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Macarena Valcárcel García, Secretario/a judicial, de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:

Que en el Sección I Declaración Concurso 54/11, referente al concursado Pladescayola, S.L. con CIF B-73161010, por auto de fecha 04/01/13, se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Se ha declarado disuelta la mercantil Pladescayola, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal.

La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los Diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en BOE y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Murcia, 8 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

27-09-2011
67241
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:

1. Que en la sección I del concurso voluntario abreviado número 54/2011, referente a la mercantil concursada "Pladescayola, S.L.", con CIF número B-73161010, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).

Murcia, 9 de septiembre de 2011.- La Secretaria judicial.

17-05-2011
32096
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 54/2011 se ha dictado a instancias de la mercantil "Pladescayola, S.L.", con CIF B-73161010, en fecha 12/04/2011 auto de declaración de concurso voluntario de la mercantil, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Albacete, n.º 4, en Las Torres de Cotillas (Murcia).

2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la mercantil deudora quedan intervenidas por la administración concursal.

Ha sido designado Administrador concursal único don Joaquín Pajarón López de profesión Economista, con despacho profesional en avenida Teniente Montesinos, n.º 8, 7.ª planta, torre A, 30100 Murcia, y teléfono 968899966.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la oficina de Registro y Reparto de la Ciudad de la Justicia, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 28 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.

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