Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Construmet Bescano Sl

El 21-03-2011, Construmet Bescano Sl, en BESCANO (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17839838. La actividad (principal) de Construmet Bescano Sl es construcción de edificios.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construmet Bescano Sl
Localidad:
BESCANO
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B17839838
Número de insolvencia:
B17839838
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
ASSUMPTA 12
17162 BESCANO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-05-2013
A130031468
 

Edicto

D. José Antonio Marquínez Beitia, secretario Judicial del juzgado mercantil n.º 1 de Girona,

Hago Saber: Que en el Concurso Voluntario n.º 12/2011, se ha acordado mediante auto de esta fecha el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil Construmet Bescano, S.L.U. con CIF B- 17839838, con domicilio en c/ Assumpta n.º 12 de Bescanó (Girona).

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 17 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

10-10-2011
71891
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Cese de los Administradores
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el expediente de concurso voluntario abreviado n.º 12/11, se ha acordado mediante auto de esta fecha la apertura de la liquidación de oficio de conformidad con lo prevenido en el art. 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva.

Acuerdo: Declarar finalizada la fase de convenio del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Construmet Besacano S.L., con CIF B-17839838 y abrir de oficio la fase de liquidacion, en los términos previstos en el artículo 143.1.1.º de la Ley Concursal, al no haberse presentado propuesta de convenio presentada.

Se suspende la Junta de acreedores señalada para el próximo día 13 de octubre de 2011, a las 10:30 horas.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el título III de la Ley Concursal.

Anúnciese por edictos la apertura de oficio de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del estado.

Incríbase, asimismo, el los registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al registro mercantil de Girona, haciéndole saber del cierre de la fase de convenio y la apertura de la fase de liquidación, la suspensión de las facultades de los administradores, la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, y ordenándose la anotación de las anteriores circunstancias en la hoja abierta al tomo 2259, folio 163, hoja nºGI-37675 inscripción 2.ª, del registro mercantil de Girona, ordenándose la práctica de la anotación preventiva en los folios registrales correspondientes, de las circunstancias anteriormente manifestadas.

Entréguese en debida forma a la procuradora Sra. Dora Riera, los mandamientos y oficios correspondientes para la práctica inmediata de las anotaciones acordadas.

En el plazo de ocho dias computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la ley concursal.

Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolcuión y del auto de declaración de concurso. Se concede el plazo de cinco días, de conformidad con el art.168, en relación con el 191 de la L.C., a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la ley concursal y 451,452 de la LEC).

Así lo manda y firma el magistrado juez D.Hugo Novales Bilbao del juzgado mercantil 1 Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado-Juez.-El secretario judiical.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley concursal, expido el presente en

Girona, 20 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.

27-07-2011
58060
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el expediente de Concurso voluntario abreviado nº 12/11,se ha acordado en virtud de auto dictado en fecha 4 de julio de 2011, la convocatoria judicial de Junta de acreedores de la mercantil concursada Construmet Bescano, S.L.U., con CIF B-17839838, para el próximo día 13 de octubre de 2011, a las 10:30 horas, que se celebrará en la Sala de Audiencias de este Juzgado.

Se hace saber a los concursados y a los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, que podrán presentar propuesta de convenio desde la notificación de esta resolución, hasta veinte días antes de la celebración de la Junta.

Y para que sirva de publicación, expido el presente edicto.

girona, 4 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.

31-03-2011
21079
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto.

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario número 12/11, se ha acordado mediante Auto de esta fecha 17 de febrero de 2011, la admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil Construmed Bescano, S.L.U., con domicilio social en c/ Assumpta, número 12 de Bescanó (Girona) y CIF número B-17839838, siendo designado como administrador concursal al señor Xavier Perna Bertran.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones,comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el registro público concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

En cumplimiento del Real Decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.º la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al articulo 23.1 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente

Girona, 21 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial.

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