Edicto
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente
Atentamente saludo y participo:
Hago saber: Que en este Jzugado se tramita concurso de acreedores del deudor Mora y Compañia, S.L., con domicilio en C/ Molino de Sanz, s/n, en Banyeres (Alicante), y CIF número B-03000288, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al libro 40, folio 183, hoja 2.148, en cuyo seno se ha dictado, con fecha 12-07-13, Auto declarando concluso el concurso, que es firme, cuya parte dispositiva es del tenor literal:
"Acuerdo:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de inexistencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- Aprobar la rendición de cuentas de la Administración Concursal.
5.- La presente resolución una vez firme se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno."
Y para que sirva de publicación en el BOE expido el presente.
Alicante, 12 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.