Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Serveis De La Carn S. Coop C. L.

El 01-02-2011, Serveis De La Carn S. Coop C. L., en GURB (Barcelona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es F61399176. La actividad (principal) de Serveis De La Carn S. Coop C. L. es actividades relacionadas con el empleo.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Serveis De La Carn S. Coop C. L.
Localidad:
GURB
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
F61399176
Número de insolvencia:
F61399176
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Actividades administrativas y servicios auxiliares
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CANIGO 3
08503 GURB
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
07-03-2011
14606
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto de declaración de concurso

Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:

Número de asunto.- Concurso 973/2010-G.

Fecha del auto de declaración.- 01/02/11.

Clase de concurso.- Voluntario abreviado.

Entidad concursada.- Serveis de la Carn, SCCL, con domicilio en Vic (Barcelona), c/ Morgades, nº 50, Entlo., con CIF nº F-61399176.

Administradores Concursales.- Don Josep Ignasi Martí Aventín, como Economista.

Régimen de las facultades del concursado.- Intevenidas.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles, con dirección en Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edificio C, 13 planta, 08014 Barcelona, y tfno.: 935549709 la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde la publicación en el BOE.

Personación en las actuaciones.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar en escrito independiente del escrito de comunicación de los respectivos créditos y ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles.

Barcelona, 7 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.

Informes
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