Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Promociones Santurtzi 2000 Sociedad Limitada

El 05-01-2011, Promociones Santurtzi 2000 Sociedad Limitada, en ORTUELLA (Vizcaya) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BILBAO. El número de insolvencia de esta empresa es B95249983. La actividad (principal) de Promociones Santurtzi 2000 Sociedad Limitada es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Promociones Santurtzi 2000 Sociedad Limitada
Localidad:
ORTUELLA
Provincia:
Vizcaya
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B95249983
Número de insolvencia:
B95249983
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
B BANALES 10
48530 ORTUELLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-09-2014
A140045611
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao.

Concurso ordinario 1004/2010.

Deudor: Promociones Santurtzi 2000, S.L.

Abogado: Varona Cal Ainhoa Elena.

Procurador: José Manuel López.

Sobre: Concurso voluntario.

En el referido procedimiento concursal se ha dictado 1/9/2014 auto de conclusión, en la que la parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

1.º Se declara concluso el procedimiento concursal número 1004/10 referente al deudor Promociones Santurtzi 2000, S.L., por inexistencia de bienes y derechos suficientes para la satisfacción íntegra de los créditos de sus acreedores y se acuerda el archivo de las actuaciones.

2.º Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes salvo las que se contengan en la sentencia firmes de calificación.

3.º Se declara que el deudor queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertua del concurso o se declare nuevo concurso. Para ello, la inclusión de sus créditos en la lista definitiva de acreedores se equiparará a una sentencia de condena firme.

4.º Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Vizcaya a cuyo efecto se expedirán los mandamientos correspondientes. Así mismo, líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros de la Propiedad en los que se inscribió dicha declaración concretamente en el de Barakaldo.

5.º Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

6.º Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

7.º Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

8.º Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Lo acuerda y firma S. Sª. Doy fe.

Bilbao (Bizkaia), 1 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

11-04-2012
A120019367
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 1004/2010, referente al concursado PROMOCIONES SANTURTZI 2000, S.L., con DNI B95249983, por auto de fecha 23/03/2012, se ha acordado lo siguiente:

1. Declarar finalizada la Fase Común del presente procedimiento concursal del deudor PROMOCIONES SANTURZI 2000, S.L.

2. Abrir la fase de liquidación que se encabezará con testimonio de la presente resolución.

3. Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4. Dilsover la entidad concursada, y cesar a los administradores sociales o liquidadores que serán sustituidos por la administración concursal.

5. Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal cuando resulte operativo, y Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC) preferentemente por vía telemática.

6. Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos preferentemente por vía telemática(artículos 24 y 144 de la LC).

7. Que el plazo de QUINCE DÍAS computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presenterá un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

8. Una vez se aprueba el plan de liquidación fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso ( artículo 163.1.2.º de la LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

En resolución separada de esta fecha, se resuelve sobre la retribución de los administradores por la fase común y se fija la correspondiente a la fase de liquidación.

En BILBAO (Bizkaia), a veintitrés de marzo de dos mil doce.-El Secretario Judicial.

Bilbao, 23 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao.

26-01-2011
3570
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 1004/10, por auto de 5 de enero de 2011, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Promociones Santurtzi 2000, S.L., con NIF B95249983, con domicilio en Barrio Bañales, número 10, Ortuella (Vizcaya), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Ortuella.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Bilbao (Bizkaia ), 11 de enero de 2011.- El/La Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos