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Concurso de acreedores terminado Cid Valencia Centro Especial De Empleo Sl

El 09-12-2010, Cid Valencia Centro Especial De Empleo Sl, en SEDAVI (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B97097810. La actividad (principal) de Cid Valencia Centro Especial De Empleo Sl es fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Cid Valencia Centro Especial De Empleo Sl
Localidad:
SEDAVI
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B97097810
Número de insolvencia:
B97097810
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MURTA 9
46910 SEDAVI
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-05-2018
A180031276
 

Edicto

D./Dña. Jorge Victor Iglesias De Baya Letrado de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N 2 de Valencia, por el presente hago Saber:

Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado - 0001953/2012 Voluntario de la deudora Concursada Cid Valencia Centro Especial de Empleo, SL, con Cif n.º B97097810, con domicilio en la Calle Murta 9, Sedavi en cuyo seno se ha dictado auto de fecha dos de Mayo de dos mil dieciocho por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.)

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 2 de mayo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

10-03-2014
A140010146
 

Don Jorge Victor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Voluntario n.° 1593/2012, habiéndose dictado en fecha 12 de diciembre de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Cid Valencia Centro Especial de Empleo, S.L., con domicilio en Calle Murta 9, Sedavi y CIF n.° B-97097810, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al Tomo 6896, Folio 206, Hoja V-77517.

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Se ha nombrado administrador concursal a don José Luis Pons Busutil, con domicilio en la Calle Correos, 12-3.º 3.ª, Valencia y correo electrónico "info@efeyene.com".

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del cuncursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletin Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el articulo 85 de la Ley Concursal.

Asímismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 12 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial.

29-03-2011
19980
 
  • Conclusión del concurso
 

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia,

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado 1.331/10 voluntario, de la deudora concursada "Cid Valencia Centro Especial de Empleo, S.L.", con CIF B-97097810, con domicilio en calle Murta, 9, Sedaví, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 3 de marzo de 2011 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, don Fernando Presencia Crespo, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por pago a los acreedores en virtud del art. 176-1.º-3.ª de la Ley Concursal.

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 3 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial.

20-01-2011
1990
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia,

De conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario 1331/10, habiéndose dictado en fecha 9 de diciembre de 2010 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Mecel, S.L., Mecel Cuadros Sociedad, S.L., Mecel Envolventes Eléctricas, S.L. y Cid Valencia Centro Especial de Empleo, S.L., con domicilio en calle Thomas Alva Edison, 3-5 Paterna; calle Thomas Alva Edison, 3-5 Paterna; calle Murta, 9 Sedaví y calle Murta, 9 Sedaví y CIF B-46563565, B-98101306, B-98101272 y B-97097810, respectivamente, inscritas al Registro Mercantil de Valencia, al tomo 4.182, folio 68 y página V-20142; al tomo 9016, folio 219 y página V-133317; al tomo 9006, folio 31 y página V-132972; al tomo 6896, folio 206, hoja V-77517, respectivamente.

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 9 de diciembre de 2010.- El Secretario Judicial.

Informes
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