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Concurso de acreedores Inversiones Hoteleras La Guardia Sa

El 29-11-2010, Inversiones Hoteleras La Guardia Sa, en OCAÑA (Toledo) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TOLEDO. El número de insolvencia de esta empresa es A45545894. La actividad (principal) de Inversiones Hoteleras La Guardia Sa es servicios de alojamiento.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Inversiones Hoteleras La Guardia Sa
Localidad:
OCAÑA
Provincia:
Toledo
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A45545894
Número de insolvencia:
A45545894
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
ANDALUCIA (KM 64.200) 0
45300 OCAÑA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
05-03-2016
A160009964
 

María Jesús Gracia Guerrero, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por la presente, anuncio:

En virtud de lo acordado en el procedimiento referenciado, por medio del presente se anuncia:

Que se ha dictado AUTO de fecha 26-01-2016 cuya parte dispositiva dice

"PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Homologar el acuerdo de refinanciación presentado por la procuradora María Dolores Rodríguez Potenciano, en nombre y representación de Grupo Hotelero Beatriz (Inversiones Hoteleras Toledo, S.L.; Inversiones y Parcelaciones Urbanas, S.L.; Inversiones Hoteleras Lanzarote, S.L., Inversiones Hoteleras Albacete, S.L.)

2.- Publicar la presente resolución mediante anuncio insertado en el Registro Público Concursal y en el B.O.E.

3.- Los efectos de la homologación del acuerdo de refinanciación se producen desde el día siguiente en que se publique la sentencia en el B.O.E.

4.- En caso de no cumplir el deudor los términos de acuerdo de refinanciación, cualquier acreedor, adherido o no al mismo, podrá solicitar, ante el mismo juez que lo hubiera homologado, la declaración de su incumplimiento, a través de un procedimiento equivalente al incidente concursal.

5.- No podrá solicitarse otra homologación por el mismo deudor en el plazo de un año.

6.- Dentro de los quince días siguientes a la publicación, los acreedores afectados por la homologación judicial que no hubieran presentado su consentimiento podrán impugnarlo por los motivos contenidos en el punto cuarto de la Disposición Adicional 4ª de la L.C."

Datos identificativos del deudor: Grupo Hotelero Beatriz (compuesto por Inversiones Hoteleras Toledo, S.L. (Inverhotel), Inversiones y Parcelaciones Urbanas, S.L. (Inpanrsa), Inversiones Hoteleras Lanzarote (Inverlanza), Inversiones Hoteleras Albacete, S.L. (Inveralba)).

Juez competente: Magistrado-Juez del Juzgado de lo mercantil nº 1 de Toledo

Procedimiento judicial: CLC 933/2015.

Fecha Acuerdo Refinanciación: 18 de noviembre de 2015,

Indicando que el acuerdo de refinanciación antes mencionado está a disposición de los acreedores en este juzgado de lo mercantil.

Toledo, 26 de enero de 2016.- La letrada de la Administración de Justicia.

28-12-2010
93253
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

D.ª Concepción Álvarez García, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Toledo y de lo Mercantil, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el Nº sección I declaración concurso 555/2010 se ha dictado en fecha 29/11/2010 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Inversiones Hoteleras La Guardia, S.A., con domicilio social y centro de intereses principales en Ocaña, autovía A-4 km 64,200.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición por la administración concursal formada por el abogado Javier López Guerrero Vivar.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Toledo, 29 de noviembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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