Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo.
Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 214/10 (N.I.G) 33044 47 1 2010 0005257, relativo a Ocio Majorero, S.A. n.º A35103977, en el cual, con fecha 17 de diciembre de 2013, se dictó auto acordando formar la sección sexta, estableciendo que desde la última publicación del referido auto, el cual se ordena publicar mediante edicto a publicar en el tablón de edictos del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, tendrá un plazo de 10 días para personarse y ser parte en la mencionada sección sexta.
Oviedo, 17 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 (Ley Concursal), por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 214/10, Sección I, por Auto de fecha de 3 de septiembre de 2010, se ha declarado en concurso a Ocio Majorero, Sociedad Anónima, con CIF A35103977, y cuyo centro de intereses principales lo tiene en Centro Comercial Alcampo, Local 66 y 67, El Entrego, San Martín del Rey Aurelio, 33, Asturias.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo de esta comunicación es el de quince días, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado, sin perjuicio de que se haya ordenado también su publicación en el diario La Nueva España.
4º.- Que los acreedores e interesado que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Oviedo, 3 de septiembre de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.