Don Jesús Sánchez Mena, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid,
Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Ordinario 400/10, a instancias de la entidad "Puerta de las Rosas, Sociedad Cooperativa Madrileña de Viviendas", con Código de Identificación Fiscal F-82978461, en el que recayó Auto de fecha 23 de Enero de 2012, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:
"se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal"
"se acuerda la apertura de la fase de liquidación"
"se declara la disolución de la sociedad, cesando en sus funciones los administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal"
"Fórmese la sección sexta de calificación del concurso"
"Se concede el término de 10 días, a contar desde la última publicación que se efectúe de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable"
Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 de la Ley Concursal, expido el presente.
Madrid, 23 de enero de 2012.- El Secretario Judicial.
Don Jesús Sánchez Mena, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid,
Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario ordinario 400/10, en el que recayó auto de fecha 7 de septiembre de 2010, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:
Se declara en concurso voluntario a la entidad "Puerta de las Rosas, Sociedad Cooperativa Madrileña de Viviendas", CIF F-82978461.
Se acuerda la intervención de las facultades de la deudora.
Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación.
Y para su inserción en el "Boletín Oficial del Estado", en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Madrid, 8 de septiembre de 2010.- El Secretario judicial.