Edicto
Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 0000040/2010 seguido a instancias del Procurador/a Don/ña. Frnacisco Bethencourt Manrique de Lara, en nombre y representación de don Jerónimo Armas García con D.N.I.: 42.690.299-E y doña Alicia María Navarro Expósito, con D.N.I.: 42.729.435-N, se ha dictado Auto el día 30 de julio de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Se declara el concurso de don Jerónimo Armas García D.N.I.: 42.690.299-E y doña Alicia María Navarro Expósito D.N.I.: 42.729.435-N con, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.
A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.
Se designan como Administrador del concurso al Abogado, Dº Juan Manuel Riera Casadevall.
En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.
Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el nº 5º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
La Palmas de Gran Canaria, 30 de julio de 2010.- Secretaria Judicial.