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Concurso de acreedores terminado Ramon Galarza Sociedad Limitada

El 13-07-2010, Ramon Galarza Sociedad Limitada, en LARDERO (La Rioja) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LOGROÑO. El número de insolvencia de esta empresa es B48827133. La actividad (principal) de Ramon Galarza Sociedad Limitada es fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Ramon Galarza Sociedad Limitada
Localidad:
LARDERO
Provincia:
La Rioja
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B48827133
Número de insolvencia:
B48827133
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MONTE DE LA PILA (POL IND) 0
26140 LARDERO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-10-2014
A140053626
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño (La Rioja),

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 1321/2010, por auto de fecha 21 de octubre de 2014 se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil Ramón Galarza, S.L. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.

2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración concursal de la concursada.

3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.

4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Ramón Galarza, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE.

Logroño, 21 de octubre de 2014.- La Secretaria judicial.

14-05-2013
A130023871
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 1321/10-B, referente a la entidad Ramón Galarza, SL, con domicilio social en Polígono Industrial Fuente Ciega, calle Las Encinas, n.º 40, Haro, con CIF B-48827133, por auto de fecha diecinueve de abril de dos mil trece, se ha acordado lo siguiente:

1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor,la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art.142.2.º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose la sección quinta del concurso.

2.-La suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursa sobre su patrimonio.

3.-La disolución de la entidad concursa,cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.

4.-El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Este edicto se publicará en el B.O.E y en el tablón de anuncios de ese Juzgado.

Logroño, 19 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

23-07-2011
58032
 
  • Rectificatie
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretario del Juzgado del Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja,

Anuncia: Que en este órgano judicial se tramita Concurso Voluntario y Abreviado n.º 1321/2010, seguido a instancias de Ramón Galarza, S.L., en los que, por resolución de fecha trece de julio de dos mil once se ha acordado la rectificación de la sentencia n.º 68/2011 de fecha 13 de julio de 2011 en los siguientes términos:

Auto

Juez/ Magistrado-Juez. Sr./a: Irene Fernández Frías.

En Logroño, a trece de julio de dos mil once.

Antecedentes de Hecho

Primero.- En el presente procedimiento se ha dictado sentencia n.º 68/11 de fecha 14 de junio de 2011, que ha sido notificado a las partes litigantes.

Segundo.- En la referida resolución figura/n el/los siguiente/s párrafo/s:

Encabezamiento: El Sr. Rafael Yangüela Criado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, ha visto los presentes autos de Procedimiento Concursal n.º 1321/2010, pieza de propuesta de Convenio, instados por la Procuradora de los Tribunales Sra. Valdemoros, en nombre y representación de Ramón Galarza, S.L., asistida por el letrado Sr. Sáez Rodríguez, sobre aprobación judicial de convenio, y los siguientes;

Tercero.- Por la Procuradora de la concursa Sra. Valdemoros Díaz de Tudanca, se ha interesado la rectificación de los errores materiales advertidos en la misma.

Fundamentos de Derecho

Primero.- El artículo 214.1 de la L.E.C., establece que los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan. Las aclaraciones podrán, según establece el apartado 2 del mismo precepto, de oficio, por el tribunal o secretario judicial, según corresponda, dentro de los dos días siguientes al de la publicación de la resolución, o a petición de parte o del Ministerio Fiscal formulada dentro del mismo plazo, siendo en este caso resuelta por quien hubiera dictado la resolución de que se trate dentro de los tres días siguientes al de la presentación del escrito en que se solicite la aclaración.

Segundo.- En el presente caso la petición ha sido formulada dentro de plazo y se estima procedente acceder a la misma.

Parte Dispositiva

Acuerdo: Estimar la petición formulada por la Procuradora de la concursa Sra. Valdemoros Díaz de Tudanca de rectificar la sentencia n.º 68/2011, de fecha 14 de junio de 2011, dictada en el presente procedimiento, en el sentido que se indica:

Encabezamiento: El Sr. D. Rafel Yangüela Criado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, ha visto los presentes autos de Procedimiento Concursal nº 1321/2010, pieza de propuesta de Convenio, instados por la procuradora de los Tribunales Sra. Valdemoros, en nombre y representación de Ramón Galarza, S.L., asistida por el letrado Sr. Sáez Gabicagogeascoa, sobre aprobación judicial de convenio, y los siguientes;

Líbrese certificación de esta resolución, que quedará unida a estas actuaciones, y llévese su original al libro de resoluciones definitivas.

Líbrese oficio ampliatorio al Registro Mercantil de La Rioja y Registro de la Propiedad de Haro junto con testimonio de la presente resolución, participando la rectificación de la sentencia dictada en las presentes actuaciones. Así mismo, procédase a publicar en el Boletín Oficial del Estado la presente rectificación y a tal efecto, líbrese el correspondiente edicto que así mismo, será fijado en el tablón de anuncios de este Juzgado. Hágase entrega de los despachos librados a la Procuradora de la concursa para su deligenciado y reprote.

Modo de Impugnación: contra esta resolución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la solicitud de aclaración.

Así lo manda y acuerda S.Sª.; doy fe.

El/La Magistrado-Juez, El/La Secretario/a Judicial.

Logroño, 13 de julio de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

02-07-2011
52319
 
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

D.ª María Asunción González Elías, Secretario del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño, anuncia:

Que se ha dictado sentencia de aprobación de convenio con esta fecha en el concurso abreviado y voluntario 1321/2010, referido a la empresa Ramón Galarza, S.L., con domicilio en polígono Industrial Fuente Ciega, calle Las Encinas, n.º 40, Haro-La Rioja, y con C.I.F. B-48827133.

Que dicha sentencia contiene el siguiente fallo, que se inserta en este edicto:

Fallo:

1. Aprobar el Convenio presentado por la Procuradora Sra. Valdemoros en nombre y representación de Ramón Galarza, S.L., al que quedarán vinculados sus acreedores.

2. Se someterá a la deliberación y, en su caso, aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentada por la concursada.

3. Declarar que cesan todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que se establecen en el propio convenio, sin perjuicio de los deberes de los deudores de comparecer ante este Juzgado tantas veces sean requeridos, colaborar e informar en todo lo necesario para el interés del concurso y el convenio.

4. Formar la Sección 6.ª con testimonio de esta resolución, que se tramitará conforme a lo previsto en el capítulo II del título VI de la Ley Concursal.

5. Declarar cesada a la administración concursal salvo su intervención en la Sección 6.ª, debiendo proceder a rendir cuentas en el término de tres meses, desde la notificación de esta sentencia, y en lo relativo al abono de los créditos contra la masa.

6. Ordenar a Ramón Galarza, S.L., que informe semestralmente a este Juzgado acerca del cumplimiento del Convenio.

7. Publicar esta sentencia en el Boletín Oficial del Estado, en la forma que dispone el art. 23 de la Ley Concursal.

8. Inscribir en el Registro Mercantil y en el Registro de la Propiedad de Haro la aprobación del convenio y el cese de la intervención de las facultades de disposición de la sociedad.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de La Rioja (artículos 197.4 LC y 455 LEC) que se tramitarán con carácter preferente.

Logroño, 14 de junio de 2011.- El/la Secretario.

19-04-2011
25902
 
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

D./D.ª María Asunción González Elías, Secretario/a Judicial de Jdo. Primera Instancia n.º 6 de Logroño, y de lo Mercantil de La Rioja, Anuncia

1.º Que en el procedimiento concursal número 1321/2010 referente al concursado Ramon Galarza, S.L. se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 25 de Mayo de 2011 a las 9.30 horas en la Sala de Vistas n.º 2 de los Juzgados de Logroño.

2.º Se someterá a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentada por la concursa.

Dicha propuestas, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en esta oficial judicial.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del articulo 115.3 de la LC.

3.º Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el articulo 118 de la LC.

Logroño, 1 de abril de 2011.- El/ La Secretario/ a Judicial.

04-11-2010
78834
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Dª María Asunción González Elías, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº6 y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento concursal número 1321/2010 referente al deudor Ramón Galarza, S.L. se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2º.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3º.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Logroño, 18 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial.

29-07-2010
58003
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 1321/2010 se ha dictado en fecha de trece de julio de dos mil diez Auto de Declaración de Concurso del deudor Ramon Galarza, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Haro, La Rioja.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores o interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal)

Logroño, 13 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial.

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