El 05-03-2010, Inad Flus Gestion Sl, en VILLANUEVA DEL ARISCAL (Sevilla) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SEVILLA. El número de insolvencia de esta empresa es B91349746. La actividad (principal) de Inad Flus Gestion Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Nombre:
Inad Flus Gestion Sl
Localidad:
VILLANUEVA DEL ARISCAL
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B91349746
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal:
Anuncia:
Que con fecha 27 de julio de 2020 se ha dictado auto de conclusión del concurso número 175/2010 relativo a la entidad INAD FLUS GESTIÓN, S.L., con número de CIF B91349746.
Asimismo, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Sevilla, 7 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración Concursal, Juana Gálvez Muñoz.
- Cese de los Administradores
El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 175.01/2010, referente al deudor Inad Flus Gestión, S.L., con C.I.F. B91349746 y domicilio en Villanueva del Ariscal (Sevilla), calle Manuel Castaño Silva, n.º 8, por auto de trece de enero de dos mil once, se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del patrimonio de la entidad concursada, siendo sustituido en su ejercicio por la administración concursal.
Sevilla, 13 de enero de 2011.- Secretaria Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla,anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 175/2010, por auto de 5 de marzo de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Inad Flus Gestión, S.L., con C.I.F. B 91349746 y domicilio en Villanueva del Ariscal (Sevilla), calle Manuel Castaño Silva, n.º 8.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Sevilla, 5 de marzo de 2010.- Secretaria.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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