Edicto
Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.º- Que en el procedimiento Concurso ordinario 867/2009 relativo INDUSTRIAS GRÁFICAS PRINTONE, S.A. con CIF A80063522 por Auto de fecha 10 de julio de 2019 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2.º- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3.º- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 10 de julio de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.
Edicto.
Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 867/09 referente al concursado Industrias Gráficas Printone, S.A., se ha dictado auto de fecha 3 de septiembre del 2014 en el que se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la Fase de Liquidación.
2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC.
3.- Declarar disuelta la concursada, Industrias Gráficas Printone, S.A., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Madrid, 3 de septiembre de 2014.- Secretario Judicial.
Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil de Madrid 3, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.- Que en el procedimiento número 867/2009, por auto de fecha 27 de noviembre de 2009 se ha declarado en concurso ordinario voluntario al deudor Industrias Gráficas Printone, S.A., con C.I.F. A80063522, inscrito en el Registro Mercantil de Madrid, en el tomo 1.533, folio 37, hoja núm. M-28.249, y con domicilio social en Valdemoro, Avda. de los Yeseros, 24-26, Polígono Industrial Valmor.
2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).
Madrid, 27 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial.