El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla anuncia:
Que en el procedimiento número Incidente concursal. Otros (192 LC) 1450/2013 referente al concursado CONSTRUCCIONES Y REFORMAS CLARA, S.L., concurso 90/09 y CIF B91306548, por auto de 28/04/2014 se ha acordado lo siguiente:
1.- Declarar la conclusión del concurso de CONSTRUCCIONES Y REFORMAS CLARA, S.L.
2.- Archivar las actuaciones.
3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.
4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
5.- El cese de la administración concursal designada.
6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.
7.- La extinción de la entidad CONSTRUCCIONES Y REFORMAS CLARA, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.
Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso.
Sevilla, 19 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.