Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Subcontratas Isilu Sociedad Limitada.

El 01-07-2009, Subcontratas Isilu Sociedad Limitada., en BERRIZ (Vizcaya) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BILBAO. El número de insolvencia de esta empresa es B48748701. La actividad (principal) de Subcontratas Isilu Sociedad Limitada. es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Subcontratas Isilu Sociedad Limitada.
Localidad:
BERRIZ
Provincia:
Vizcaya
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B48748701
Número de insolvencia:
B48748701
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
EITUA INDUSTRIALDEA 0
48240 BERRIZ
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-09-2013
A130049837
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2, de Bilbao (Bizkaia),

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 502/2009, en el que figura como concursado Subcontratas Isilu, S.L, se ha dictado el 30/7/13, auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por haber quedado firme y cuya parte dispositiva figuran los particulares siguientes:

Parte dispositiva:

1.- Se declara concluso el procedimiento concursal número 502/2009 referente al deudor Subcontratas Isilu, S.L., por inexistencia de bienes y derechos suficientes para la satisfacción íntegra de los créditos de sus acreedores y se acuerda el archivo de las actuaciones.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes salvo las que contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se declara que el deudor Subcontratas Isilu, S.L., queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Para ello, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores, se equiparará a una sentencia de condena firme.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil de Bizkaia a cuyo efecto se expedirá mandamineto al citado Registro.

4.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

5.- Anúnciese la resolución en el "Boletín Oficial del Estado". La publicación en el "Boletín Oficial del Estado" tendrá caracter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado/ de la masa activa.

6.- Comuniquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

7.- Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la L.C.

8.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno ( artículo 177.1 de la LC).

Lo acuerda y firma S. S.ª doy fe.

Firma del Magistrado Firma de la Secretaria

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

Bilbao ( Bizkaia ), 30 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

04-12-2009
88487
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 502/09 referente al concursado Subcontratas Isilu, Sociedad Limitada con NIF B48748701, por auto de fecha 13 de noviembre de 2009 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.- Se ha acordado el cese de los Liquidadores de la entidad concursada, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

En Bilbao (Bizkaia) a, 13 de noviembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.

13-10-2009
72894
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia). anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 502/09 referente al deudor Subcontratas Isilu Sociedad Limitada con NIF B48748701, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

4.- El deudor no ha presentado propuesta de convenio.

Dado en Bilbao (Bizkaia), 29 de septiembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.

10-09-2009
65422
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 502/09, por auto de 1 de julio de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Subcontratas Isilu, Sociedad Limitada" con NIF B48748701, con domicilio en calle Eitua, s/n - Berriz y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Berriz.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Bilbao (Bizkaia), 1 de julio de 2009.- El/La Secretario Judicial.

Informes
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