Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Alcapack S.L.

El 30-04-2009, Alcapack S.L., en VILLABRAZARO (Zamora) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ZAMORA. El número de insolvencia de esta empresa es B49192164. La actividad (principal) de Alcapack S.L. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Alcapack S.L.
Localidad:
VILLABRAZARO
Provincia:
Zamora
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B49192164
Número de insolvencia:
B49192164
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PARAJE DE RETADILLA 0
49770 VILLABRAZARO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
18-04-2011
25688
 
  • Conclusión del concurso
 

El Juzgado de Primera Instancia de Zamora, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia,

Que en el procedimiento número 0000342/2009, por auto de 29 de marzo de 2011 se ha declarado concluido el concurso de Alcapack, Sociedad Limitada, con CIF B-49192164, según lo acordado en la parte dispositiva de dicha resolución, cuyo tenor literal es el siguiente:

Parte dispositiva

1.-Declaro concluido el concurso de Alcapack, Sociedad Limitada.

2.-Declaro aprobadas las cuentas rendidas por el administrador concursal don Carlos Álvarez Fernández.

3.-Notifiquese esta resolución a las partes personadas deudora y a la administración concursal.

4.-Comuniquese a los juzgados y unidades administrativas que vieron suspendidas ejecuciones la conclusión del concurso, para que procedan al archivo definitivo por desaparición del concursado.

5.- Declaro extinguida la mercantil Alcapack, Sociedad Limitada, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

6.- Acuerdo la publicación de la conclusión del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con carácter gratuito.

7.- Archivese el procedimiento una vez se verifique todo lo anterior y alcance firmeza esta resolución.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la Ley Concursal).

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

El Magistrado.-La Secretario Judicial

Zamora, 29 de marzo de 2011.- El/la Secretaria Judicial.

01-10-2009
70131
 
  • Plan de liquidación
 

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Zamora, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 342/2009 referente al concursado Alcapack, Sociedad Limitada con domicilio social en Paraje de Retadilla, sin número, de Villabrazaro (Zamora), CIF B-49192164, se ha puesto de manifiesto en la Secretaría del Juzgado el día 16 de septiembre de 2009, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.

Segundo.- El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de ocho días, computados desde la fecha en que se ha quedado de manifiesto el Plan, formular observaciones y modificaciones al mismo.

Zamora, 16 de septiembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.

24-09-2009
68403
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Zamora, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 342/2009, referente al concursado Alcapack, Sociedad Limitada, con domicilio social en Paraje de Retadilla, sin número, de Villabrazaro (Zamora), CIF B-49192164, por auto de fecha 3 de septiembre de 2009 se ha acordado lo siguiente:

Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

Segundo.- Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Tercero.- Se ha declarado disuelta la referida sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal.

Zamora, 4 de septiembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.

02-07-2009
51229
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Zamora y de lo Mercantil, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 342/2009 referente al deudor Alcapack, Sociedad Limitada, con domicilio Social en Paraje de Retadilla sin número Villabrazaro (Zamora), CIF B-49192164, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Segundo.- Dentro del plazo de cinco días, computados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el diario La Opinión de Zamora, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción.

Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Zamora, 18 de junio de 2009.- El/La Secretario Judicial.

14-05-2009
33726
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Zamora, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero.- Que en procedimiento número 342/2009, por auto de fecha 30 de Abril de 2009 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Alcapack Sociedad Limitada con domicilio Social en la localidad de Villabrazaro (Zamora), Paraje de Retadilla sin número y CIF B-49192164, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Zamora.

Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Zamora, 20 de abril de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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