El 16-04-2009, Valgasoleo Sl, en O IRIXO (Orense) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de OURENSE. El número de insolvencia de esta empresa es B32336067. La actividad (principal) de Valgasoleo Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B32336067
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Cese de los Administradores
- Alzamiento de las limitaciones de administración
- Conclusión del concurso
Edicto.
Doña Elba García Álvarez, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 (Mercantil) de Ourense, anuncia:
Que en el concurso voluntario abreviado número 385/2009 del deudor Valgasoleo, S.L.U., se ha dictado con fecha de 26de noviembre de 2014 auto de conclusión de concurso del artículo 176 bis 2 y 3 de la LC.
Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda.
Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
Ourense, 26 de noviembre de 2014.- Secretaria Judicial.
- Cese de los Administradores
- Apertura de la fase de liquidación
- Apertura de la sección seis
Edicto.
D.ª Estefanía Cotobal Martín, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia núm. 4, Mercantil de Ourense, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 385/09 referente al concursado Valgasoleo, S.L.U., por auto de 28 de marzo de 2011 se ha acordado dejar sin efecto la fase de convenio, así como el convenio aprobado en Sentencia de fecha 27 de septiembre de 2010 y la apertura de la fase de liquidación.
2. Se dejan sin efecto los pronunciamientos de la sentencia de 27 de septiembre de 2010.
3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, siendo ejercidas por el administrador concursal, el letrado Fernando Blanco Arce.
4. Dentro del plazo de diez días a partir de la publicación del presente edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta para alegar por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso.
Ourense, 28 de marzo de 2011.- La Secretario Judicial.
- Apertura de la sección seis
Edicto.
Don Manuel Rodríguez Zarraquiños, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense,
Hace saber: Que, en el procedimiento concursal de la mercantil "Valgasóleo, S.L.U.", CIF B32226067, se ha dictado en fecha 27 de septiembre de 2010 sentencia judicial aprobatoria de convenio presentado por la citada mercantil y aceptado por la Junta de acreedores del día 14 de julio de 2010.
Dicha sentencia contiene los siguientes pronunciamientos:
1. Se acuerda el cese de todos los efectos de la declaración de concurso.
2. La administración concursal cesará en su cargo, excepto en las labores derivadas de la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.
3. La deudora deberá presentar con periodicidad semestral informe sobre el cumplimiento del convenio.
4. La formación de la sección sexta de calificación, abriéndose el plazo de diez días para que cualquier acreedor o persona con interés legítimo pueda alegar lo que considere relevante para la calificación del concurso.
Ourense, 27 de septiembre de 2010.- El Secretario judicial.
- Convocatoria de Junta de Acreedores
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Ourense anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 385/09 referente al concursado Valgasoleo, S.L.U., se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 14 de julio de 2010, a las diez horas, en Sala de Audiencias de este Juzgado.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor o los acreedores cuyos créditos superen una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Ourense, 9 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial.
- Auto de declaración de concurso
EDICTO
El Juzgado de 1ª Instancia número 4 de Ourense, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 385/2009, por auto de fecha 16 de abril de 2009 se ha declarado en concurso al deudor VALGASOLEO SL. de carácter unipersonal, con NIF B-32336067 y domicilio en Carretera de Carballiño a Lalín (A Esfarrapa) término municipal de Irixo-Ourense.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, habiéndose designado como administrador concursal al letrado Fernando Blanco Arce.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar de la publicación del presente edicto en el BOE.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.
Ourense, 21 de abril de 2009.- La Secretaria Judicial.
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