El 24-03-2009, Gasolinera Galmar S.L., en LOSA DEL OBISPO (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B96173448. La actividad (principal) de Gasolinera Galmar S.L. es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Nombre:
Gasolinera Galmar S.L.
Localidad:
LOSA DEL OBISPO
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B96173448
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Apertura de la sección quinta
- Conclusión del concurso
D./Dña. Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Valencia, por el presente Hago Saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores con numero de registro 390/2009, en cuyo seno se ha dictado en esta fecha y en su Sección quinta, auto por el que se declara concluso el concurso de acreedores de la entidad Gasolinera Galmar, S.L.. con todos sus efectos legales inherentes; acordándose la cancelación de la inscripción registral, y pudiendo los acreedores interponer acciones singulares.
Se expide el presente edicto para general publicidad de la decisión de que se trata, en los términos de los artículos 177 y 23 de la Ley concursal.
Valencia, 21 de septiembre de 2011.- La Secretario Judicial.
- Finalización de la fase común
- Apertura de la fase de convenio
Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Valencia, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado en autos de Concurso de Acreedores núm. 390/2009 relativos a la mercantil concursada Gasolinera Galmar, S.L. se ha dictado auto de esta fecha por el que se decreta la terminación de la fase común del concurso y la apertura de la fase de convenio, señalándose para que tenga lugar la pertinente Junta de Acreedores el próximo día 23 de marzo de 2010, a las doce horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado.
Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del artículo 115-3 LC. Deberán comparecer con los documentos originales que acrediten su identidad y la representación en que intervengan, en su caso.
Lo que se hace saber para general conocimiento y a los efectos del artículo 111-2 en relación con el artículo 23 LC.
Valencia, 11 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
D.ª María José Navarro Melchor, Secretario del Juzgado de lo Mercantil núm. uno de Valencia, por el presente hago saber:
Que en este Juzgado en autos de Concurso de Acreedores núm. 390/09 se ha dictado en esta fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de la mercantil Gasolinera Galmar, S.L., con CIF: B-96173448, y domicilio en Losa del Obispo (Valencia), Carretera Comarcal 234, Km. 51,100, habiéndose acordado la intervención de las operaciones del deudor y habiéndose nombrado administrador concursal a D.ª Ascensión Ribelles Arellano, Abogado, con despacho profesional en Valencia, C/ Burriana, núm. 38 -1º-3ª
De conformidad con lo ordenado, se llama por este Edicto a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85.
Valencia, 24 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial.
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