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Concurso de acreedores Andaluza De Obras Y Servicios Sa

El 07-11-2008, Andaluza De Obras Y Servicios Sa, en VALENCINA DE LA CONCEPCION (Sevilla) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SEVILLA. El número de insolvencia de esta empresa es A41075235. La actividad (principal) de Andaluza De Obras Y Servicios Sa es construcción de edificios.
El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Andaluza De Obras Y Servicios Sa
Localidad:
VALENCINA DE LA CONCEPCION
Provincia:
Sevilla
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A41075235
Número de insolvencia:
A41075235
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
JM M SANCHEZ ARJONA 25
41018 SEVILLA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
JACINTO, 60 - PG NAVISUR 0
41907 VALENCINA DE LA CONCEPCION
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-03-2009
18293
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento concursal número 738/08 referente al deudor "Andaluza de Obras y Servicios, S.A.", se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Segundo.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en un diario de la Provincia, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Tercero.-Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. 

Sevilla, 9 de marzo de 2009.- El/La Secretario Judicial.

07-11-2008
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
"PARTE DISPOSITIVA .-1.- Se declara en situación de concurso voluntario a la entidad "ANDALUZA DE OBRAS Y SERVICIOS, S.L.", tramitándose como procedimiento abreviado.2.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concúrsales, mediante su autorización o conformidad.3.- Este procedimiento se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado establecidos en el Título VIII, capítulo II de la Ley Concursal.4.- Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a los siguientes: Roberto J. Lázaro Quintero, economista con despacho profesional en Calle San Jacinto, número 69, 2° A, Sevilla.5.- Llámense a los acreedores de la concursada para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal a los administradores concúrsales la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Sevilla. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores.6.- Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Sevilla. Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él. Los respectivos oficios se entregarán al Procurador actor para que cuide de su diligenciado por su cuenta y riesgo.7.- Inscríbase en el Registro Mercantil de Sevilla la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre de los administradores. Los respectivos mandamientos se entregarán igualmente al citado Procurador.8.- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.9.- El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la Administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso.10.- Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este auto.11.- Notifíquese esta resolución al Fondo de Garantía Salarial a los efectos previstos en el art. 184.1 de la Ley Concursal. Así lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. Doña María Teresa Vázquez Pizarro, Magistrada Juez del Juzgado Mercantil de Sevilla
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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