El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 3000052/2009 referente al concursado Palper, S.L., CIF B-33123431, con domicilio en calle San Pelayo, nº 44, Grado, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Grado por auto de fecha 6-04-2010 se ha acordado lo siguiente:
1.º Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Palper, S.L.
2.º Abrir la fase de liquidación del concurso.
3.º Durante la fase de liquidación queda en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.
4.º Se declara disuelta la sociedad Palper, S.L., y habiéndose acordado en Cuestiones Incidentales 3000440/09 por Auto de fecha 22-10-09 la suspensión de facultades del administrador de la misma, quedando asumidas por la Administración Concursal.
Oviedo, 22 de abril de 2010.- El/La Secretario Judicial.
Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo.
Edicto Pieza suspensión facultades Administrador Palper número 440/2009.
En los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución Auto de fecha 22 de octubre de 2009, cuyos hechos y parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:
Hechos
Único.- Por los administradores concursales de la entidad Palper, S.L., se ha solicitado la suspensión de facultades del administrador de la concursada por los motivos que constan en el escrito que obra unido a los autos, habiendo formulado la propia concursada oposición a tal pretensión.
Parte Dispositiva
Se acuerda la inmediata suspensión de facultades del Administrador de la Concursada, las cuales serán definitivamente asumidas por la Administración Concursal.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma sólo podrán interponer recurso de reposición, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado.
Una vez firme la presente resolución, acuérdese dar publicidad a la misma en los términos establecidos en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, librando al efecto los oficios y mandamientos oportunos.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilustrísimo Señor don Miguel Álvarez-Linera Prado, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo. Doy Fe.
Oviedo, 8 de enero de 2010.- El Secretario.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 3000052/2009, por auto de 26/02/09 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Palper, S.L.", CIF B-33123431 con domicilio en calle San Pelayo número 44, Grado, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Grado.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial de Estado y en el/los periódicos "La Voz de Asturias".
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal).
5.º En dicho auto fueron nombrados Administradores don José María Alonso-Vega Álvarez, del Colegio de Abogados de Oviedo; a la economista doña Ana María Tejerina Antón del Colegio de Economistas de Oviedo.
Oviedo, 3 de marzo de 2009.- El/la Secretario Judicial.